Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2018 (27/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 27 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Diana Angélica Tamashiro Oshiro, en el cargo de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1685003-1

ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio de Abogados Arnold & Porter Kaye Scholer LLP; y, De conformidad con la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; y, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015EF; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar la modificación de la tercera cláusula del contrato suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio de Abogados Arnold & Porter Kaye Scholer LLP, aprobado con Resolución Ministerial N° 317-2017-EF/43. Artículo 2. Autorizar al/a la Director/ra General de la Oficina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba la modificación del contrato suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio de Abogados Arnold & Porter Kaye Scholer LLP. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1684744-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban modificación de la tercera cláusula del contrato suscrito con estudio de abogados aprobado con R.M. N° 3172017-EF/43
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2018-EF/43 Lima, 23 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea la Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2009-EF, se aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley Nº 28933; Que, el artículo 4 del citado Procedimiento establece las condiciones y el procedimiento que la mencionada Comisión Especial debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que se hará cargo de la defensa del Estado peruano en las controversias internacionales de inversión; Que, en atención a las facultades otorgadas mediante la Ley N° 28933, la citada Comisión Especial solicitó la contratación de la defensa legal para que represente al Estado peruano en la controversia iniciada por las empresas Odebrecht Latinvest S.A. y Odebrecht Latin Finance S.A.R.L., siendo que mediante Resolución Ministerial N° 317-2017-EF/43 se aprueba la contratación del Estudio de Abogados Arnold & Porter Kaye Scholer LLP y se autoriza a la Directora General de la Oficina General de Administración para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica; Que, la cláusula Tercera del Contrato suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio de Abogados Arnold & Porter Kaye Scholer LLP menciona al Estudio de Abogados Local que apoya en la controversia antes mencionada y ante la imposibilidad de que este pueda seguir prestando sus servicios, la Comisión Especial que representa al Estado en controversias internacionales de inversión, acuerda reemplazar al Estudio de Abogados Local; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 1077-2018-EF/42.01 ha opinado favorablemente sobre el proyecto de adenda de contrato a

EDUCACION
Designan Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Seguimiento y Permanencia de la Oficina de Gestión de Becas del PRONABEC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 205-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC Lima, 23 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29837 se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo ­ PRONABEC, modificada por la Ley N° 30281, a cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, planificación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos para el financiamiento de estudios de educación técnica y superior, estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, formen parte o no del sistema educativo; así como capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva; Que, mediante Resolución Ministerial N° 267-2018-MINEDU de fecha 31 de mayo de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, en el cual el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Seguimiento y Permanencia de la Oficina de Gestión de Becas del PRONABEC se encuentra calificado como de Libre Designación y Remoción; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 1136-2017-MINEDU-VMGI-PRONABEC de fecha 20 de diciembre de 2017, se encargó a la señorita Giuliana Jamely Concha Chirinos, las funciones de Jefe de la Unidad de Seguimiento y Permanencia de la Oficina de Gestión de Becas del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo ­ PRONABEC, en adición a sus funciones; Que, se estima pertinente dar por concluido el citado encargo de funciones de dicho cargo; por lo que resulta necesario designar al titular; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modificado por la Ley N° 29849, su Reglamento

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