Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2018 (04/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Martes 4 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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de elección de cargos de elección popular, optando por que estas fueran mediante voto universal libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados, de conformidad con lo establecido en el literal b del artículo 24 de la LOP. Para las elecciones de candidatos para los concejos municipales distritales, estableció que fueran con participación de listas integradas por afiliados, lo que implica que no podrían ser candidatos para el concejo municipal distrital ciudadanos no afiliados al partido político; por lo tanto, ante la contradicción entre el Estatuto y el Reglamento General de Procesos Electorales, debe primar su máxima norma interna, esto es, su Estatuto.

Dicho esto, no es válido apartarse de lo regulado en su propio Estatuto, pues cada una de sus normas y directivas debieron observar el cumplimiento de su máxima norma interna que lo rige. 11. Ahora bien, se aprecia que, a la fecha, el ROP ha actualizado su base de datos respecto de la afiliación de los candidatos. Ello así, de la consulta detallada realizada se ha verificado que los candidatos a regidores Neusa Eduvijes Torres Bacilio con DNI Nº 06312344, María Nelly Chávez Picón con DNI Nº 10081333 y Royser Omar Cruz Torrejón con DNI Nº 76613546 no tienen la condición de afiliados, conforme se aprecia a continuación:

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