Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2018 (06/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de diciembre de 2018 /

El Peruano

no pueden regularizar las edificaciones por problemas de titularidad o conflicto de intereses entre los mismos propietarios; Que, estos vecinos son partes importantes de la realidad urbana de El Agustino y han creado, a través de los años, una riqueza cuantiosa invirtiendo con gran esfuerzo en la edificación de sus propias viviendas; inversión que, al no contar con el respaldo documentario que la formalidad exige, deprecia su valor y genera problemas de ordenamiento de la ciudad; Que, es política de la actual Gestión Municipal alentar el desarrollo económico y social del vecindario reconociendo el importante esfuerzo económico que su población ha efectuado en la construcción de sus viviendas, así como el reordenamiento de la Ciudad; situación que hace necesario establecer un proceso de asignación provisional de numeración para los predios que cuentan con construcciones realizadas dentro de los parámetros urbanísticos y edificatorios del distrito; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el numeral 8 del Artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº27972, contando con el voto Mayoritario de los señores regidores asistentes a la Sesión de Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA DE ASIGNACIÓN DE NUMERACIÓN PROVISIONAL DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO Artículo Primero.- ALCANCE Los predios que cuentan con Habilitación Urbana aprobada, que dentro de los mismos se hayan realizado construcciones pero no sea posible su regularización debido a la deficiencia de titularidad o conflicto de intereses entre los propietarios, podrá asignársele en forma provisional una numeración hasta que se resuelva los problemas antes mencionados; ante lo cual; el propietario reconocido y registrado, podrá pedir la numeración definitiva previa regularización de la construcción realizada, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27157 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 035 ­ 2006- VIVIENDA. Artículo Segundo.- PROCEDIMIENTO La asignación provisional de numeración podrá ser solicitada por el poseedor del predio, la misma que será evaluada de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, en el procedimiento denominado "Certificado de Numeración", debiendo solamente exigirse para su trámite la documentación que acredita la posesión del predio, el pago del derecho correspondiente de la siguiente manera: a) PREDIOS SIN HABILITACION URBANA, se asignara numeración municipal de carácter TEMPORAL hasta la regularización de la Habilitación Urbana y la Licencia de Construcción. b) PREDIOS CON HABILITACION URBANA y Licencia de Construcción, se asignara numeración municipal de carácter definitivo y certificado de numeración municipal. Se otorgue a los propietarios y posesionarios de predios en el distrito, en beneficio de poder acceder a la asignación de numeración municipal con los requisitos que a continuación se mencionan: - Solicitud debidamente llenado por él o su representante debidamente acreditado. Exhibir DNI del representante. - De actuar como representante, adjuntar carta poder vigente persona natural, poder simple, persona jurídica, copia fedateada del poder notarial. - Copia del documento que acredita la posesión o propiedad para la asignación de número temporal. - Copia de documento que acredita la propiedad inscrita en la SUNARP para la asignación de número definitivo. - En caso que requiera nueva de asignación de numeración, acreditar el saneamiento del nuevo ingreso

(numeración exterior) y/o unidad inmobiliaria (Numeración Interior). - En caso de tener varias numeraciones asignadas con anterioridad acreditar que registral sigue inscrito con una sola unidad inmobiliaria. - Número de comprobante de pago por derecho de trámite: Nueva asignación de numeración de carácter temporal: 0.60% UIT (S/. 25.00) Nueva asignación de numeración de carácter definitivo y certificado de numeración municipal 0.60% UIT (S/. 25.00). Plazo para la entrega de la Resolución de Asignación de Numeración Municipal y certificado de numeración municipal: 05 días útiles, como máximo. Artículo Tercero.- DEL CERTIFICADO En el Certificado Provisional de Asignación de Numeración solo se mencionara al predio como tal sin la descripción de la construcción existente ni la mención del propietario del predio; en consecuencia, en el Catastro Municipal quedara registrado únicamente como predio. Artículo Cuarto.- PROHIBICIONES No se otorgará el Certificado Provisional de Asignación de Numeración a predios en los que se hayan realizado construcciones antirreglamentarias, que sean destinadas a aporte reglamentario o que sean solicitados para interiores. Artículo Quinto.- PROCESOS SANCIONADORES EN CURSO La asignación provisional de numeración no implica regularización o convalidación de las construcciones realizadas sin Licencia de Obra, ni tampoco suspende los procesos sancionadores iniciados por la Municipalidad de El Agustino en merito a su función fiscalizadora y de control urbano. Artículo Sexto.- GERENCIAS ENCARGADAS DE SU CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento del presente Dispositivo Municipal; a la Gerencia de Participación Vecinal y, a la Gerencia de Imagen Institucional la promoción y difusión de los alcances de la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- VIGENCIA La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 15 de Diciembre del 2018 a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Única.- Facúltese al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Agustino para que, vía Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar el plazo de vigencia de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1719690-1

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Ordenanza que establece beneficios de regularización de deudas no tributarias, por concepto de multas administrativas en el distrito
ORDENANZA Nº 373 La Molina, 29 de noviembre de 2018

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