Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2018 (06/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de diciembre de 2018 /

El Peruano

necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para aprobar y determinar la prórroga de su vigencia. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, a la Ejecutoría Coactiva, a la Subgerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologías de Información el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Tercera.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnologías de Información su publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1720336-1

sus obligaciones tributarias y no tributarias, emiten opinión técnica favorable para que, en mérito a lo dispuesto por la Segunda Disposición Final de la Ordenanza 416-MDS, mediante Decreto de Alcaldía se prorrogue la vigencia de la misma hasta el día 28 de diciembre de 2018; Que, a través de la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 416-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al Señor Alcalde para que, mediante el Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma, establecido en el Artículo Segundo; Estando a lo expuesto, y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 646-2018-GAJ-MDS, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidad; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 28 de diciembre de 2018, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 416-MDS, denominada "AMNISTIA GENERAL DE FIN DE AÑO", que aprobó el régimen extraordinario de incentivos para la regularización de deudas tributarias y no tributarias a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Subgerencia de Administración Tributaria, la Gerencia de Estadística e Informática y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaria General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1720163-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 416-MDS que aprobó régimen extraordinario de incentivos para la regularización de deudas tributarias y no tributarias
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2018-MDS Surquillo, 3 de diciembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO VISTO, el Memorando Nº 997-2018-GM-MDS, con fecha 29 de noviembre de 2018, a través del cual el Gerente Municipal, remite el Informe Nº 84-2018-GRMDS, de fecha 20 de noviembre de 2018, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 1387-2018-SGAT-GRMDS, con fecha 19 de noviembre de 2018, emitido por la Subgerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 180-2018-SGEC-GR-MDS, de fecha 20 de noviembre de 2018, emitido por la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, mediante los cuales dichas Subgerencias emiten Opinión Técnica favorable sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 416-MDS, denominada "AMNISTIA GENERAL DE FIN DE AÑO"; y, que aprobó el régimen extraordinario de incentivos para la regularización de deudas tributarias y no tributarias a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 416-MDS, denominada "AMNISTIA GENERAL DE FIN DE AÑO", se aprobó el régimen extraordinario de incentivos para la regularización de deudas tributarias y no tributarias a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo, cuya vigencia fue dispuesta en el artículo segundo hasta el día 30 de Noviembre de 2018; Que, mediante el Informe Nº 1387-2018-SGAT-GRMDS, con fecha 19 de noviembre de 2018, e Informe Nº 180-2018-SGEC-GR-MDS, de fecha 20 de noviembre de 2018, emitidos por la Subgerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva respectivamente, éstas informan a la Gerencia de Rentas que, estando próximos al vencimiento de la vigencia de la Ordenanza Nº 416-MDS y a efecto de otorgar un plazo mayor a los vecinos del distrito para el cumplimiento de

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 394-MVES Villa El Salvador, 3 de setiembre de 2018 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 008-2018-CAPyP/MVES de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 649-2018-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 371-2018-OAJ/ MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 168-2018-OPP/MVES de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 115-2018-UPEM-OPPMVES e Informe Nº 114-2018-UPEM-OPP/MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, sobre Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos, Servicios Brindados en Exclusividad, Requisitos y Derechos de Trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, que

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