Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2018 (06/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 6 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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POR TANTO: Mando se registre, publíque y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 22 días del mes de noviembre de 2018. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 1719682-1

Aprueban el Plan Regional Exportador PERX Amazonas actualizado al 2025
ORDENANZA REGIONAL Nº 429 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 191º y 192º establecen que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia" y promueve el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, inciso 1) del artículo 17º, de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestión Pública; para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuenta. Que, el literal a) del Artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, establece que es atribución del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional", Asimismo el Artículo 38º del mismo cuerpo normativo, señala: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidos a la Presidencia Regional para su promulgación"; Que, Ia Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, en su artículo 4º prescribe que Ia finalidad esencial de los Gobiernos Regionales, es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo Ia Inversión pública y privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y Ia igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; así mismo el Que, el artículo 6º de Ia citada Ley establece que el desarrollo regional comprende Ia aplicación coherente y eficaz de Ias políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico sostenible en su respectivo ámbito geográfico; ejerciendo los Gobiernos Regionales Ias competencias exclusivas y compartidas que les asigna Ia Constitución y Ia Ley de Bases de Ia Descentralización.

Que, Ia Ley de Bases de Ia Descentralización Nº 27783, determina en su artículo 36º Inc. c) que los Gobiernos Regionales tienen entre sus competencias compartidas, "Ia promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente, concordante con el Numeral 2 Inc. c) del artículo l0º de Ia Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867. Que, el artículo 35º Inc. g) de Ia Ley de Bases de Ia Descentralización Nº 27783 establece así mismo, como competencia exclusiva, "Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para Ia agricultura, Ia agroindustria, Ia artesanía, Ia actividad forestal y otros sectores productivos de acuerdo a sus potencialidades", concordante con el Numeral 1 Inc. g) del artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867. Que, de conformidad con el artículo 55º de Ia Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son funciones en materia de comercio determinadas en los incisos a): Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de comercio de Ia Región, en concordancia con Ias políticas nacionales y los planes sectoriales, en coordinación con Ias entidades del sector público competentes en Ia materia; y c)Elaborar y ejecutar Ias estrategias y el programa de desarrollo de Ia oferta exportable y de promoción de Ias exportaciones regionales. Que, en cumplimiento de Ia competencia funcional transferida, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -- MINCETUR, mediante el consorcio SASE-KIPU, elaboro el Plan Estratégico Regional de Exportación -- PERX Amazonas para el período 2004-2007; plan que cumplió sus objetivos de acuerdo a su fase de evaluación, demostrado con el crecimiento constante de Ias exportaciones regionales durante los últimos años. Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo con el objetivo de consolidar Ia inserción comercial del Perú en Ia economía global, aprovechando a plenitud Ias oportunidades del mercado, mediante Ia conformación de una Comisión Multisectorial Mixta Permanente con el apoyo del Banco Mundial (BM) en Ia parte metodológica, realizó la actualización del Plan Estratégico Nacional Exportador - PENX 2025, identificando como objetivos estratégicos los siguientes: 1. Profundizar la internacionalización de Ias empresas. 2. incrementar de manera sostenible y diversificada la exportación de bienes y servicios con valor agregado. 3. Mejorar Ia competitividad del sector exportador. Que, los objetivos señalados se desagregan en cuatro pilares que contienen a su vez 15 líneas de acción y 94 programas de carácter estratégico que constituyen líneas base para Ia consolidación de políticas públicas y el establecimiento de roles y acciones puntuales, identificación de metas y resultados, dirigidos al cumplimiento de los objetivos establecidos. Pilar 1: Internacionalización de Ia empresa y diversificación de mercados Pilar 2: Oferta exportable diversificada, competitiva y sostenible Pilar 3: Facilitación del comercio exterior y eficiencia de Ia cadena logística internacional Pilar 4: Generación de capacidades para Ia internacionalización y consolidación de una cultura exportadora. Que, el PENX 2025 reconoce la contribución regional de Ias empresas y el rol de los gobiernos regionales y locales en el desarrollo económico, social y productivo; por lo que la estrategia nacional considera proyectos y actividades que respondan a Ia dinámica productiva y exportadora de Ias regiones, a través de Ia identificación de la oferta exportable actual y potencial, por lo que Ia actualización de los planes regionales de exportación contribuirán al cumplimiento de los objetivos del PENX 2025.

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