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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (06/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Jueves 6 de diciembre de 2018 El Peruano / norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, señala que es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. El artículo 49º del mismo cuerpo legal establece que los Gobiernos Regionales tienen funciones en materia de salud tales como: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales. Que, el literal g) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 30693 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20 %) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las Unidades Ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud (CLAS), de fi nidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 428-2018/ MINSA de fecha 14 de mayo del 2018 se resuelve aprobar los “Lineamientos para el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las Unidades Ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud – CLAS, en el marco de los dispuesto en el literal g) del numeral 8.1 y numeral 8.4 del artículo 8º de la Ley 30693; además se encuentra en la misma resolución el cronograma de actividades para el nombramiento 2018. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1016- 2018/MINSA, de fecha 31 de octubre del 2018 se resuelve ampliar el “Cronograma de Actividades para el nombramiento 2018 contenido en la resolución Ministerial Nº 428-2018/MINSA, extendiendo el plazo de las actividades para llevar a cabo el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos y las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud – CLAS, de fi nidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153, en esta Resolución Ministerial se anexa dos cronogramas de ampliación para el proceso de nombramiento 2018. Que, mediante O fi cio Nº 734-2018-GRPUNO/GR, el Gobernador Regional de Puno remite a Consejo Regional el expediente CAP-P DIRESA y Unidades Ejecutoras de la Dirección Regional de Salud Puno, disponiendo que la Comisión Ordinaria correspondiente pueda analizar el mismo y disponer su aprobación. El expediente contiene el O fi cio Nº1440-2018-G.R.PUNO/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y A.T del Gobierno Regional de Puno y el Informe Nº 096-2018-GR PUNO/GRPPAT-SGRDI de la Subgerencia de Racionalización y D.I. Que, mediante O fi cio Nº 4227-2018/GR PUNO/GRDS/ DIRESA/OERH/URP, el Director Regional de la Dirección Regional de Salud Puno solicita revisión y aprobación de los proyectos CAP de la Unidades Ejecutoras del ámbito de la Dirección de Salud Puno, las mismas que fueron remitidas mediante O fi cio Nº 7042-2018-SERVIR/GDSRH, a través del cual el Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil adjunta el Informe Técnico Nº 221-2018-SERVIR/GDSRH en el cual concluye que los proyectos del CAP-Provisional de DIRESA Puno y Unidades Ejecutoras, se enmarcan en la situación contemplada en los numerales 1.2 y 1.3 del anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GPGSC. Que, mediante Informe Legal Nº 535-2018-GR PUNO/ORAJ, el Jefe de la O fi cina de asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Puno indica que teniendo en consideración los proyectos del CAP – Provisional de la Dirección Regional de Salud Puno y contando con pronunciamientos favorables de la Gerencia de Desarrollo Social del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y de la Subgerencia de Racionalización y Desarrollo Institucional de la Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento territorial, los cuales cumplen con los aspectos técnicos y legales, es procedente se continúe con el trámite correspondiente. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social presenta el DICTAMEN Nº 015 -2018-GRP-CRP/CODS, mediante el cual recomienda aprobar la Ordenanza Regional respecto al Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP-P 2018 de la Dirección Regional de Salud Puno (DIRESA - PUNO) y Unidades Ejecutoras y el Cuadro para Asignación de Personal de las Redess de Salud y Hospitales de la Dirección Regional de Salud de Puno. Dicho dictamen fue puesto a consideración del Pleno del Consejo Regional, quien luego del debate correspondiente decide por mayoría aprobar la opinión de la Comisión. Que, el Pleno del Consejo Regional en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, su modi fi catoria Ley Nº 27902 y Reglamento Interno de Consejo Regional, ha aprobado por mayoría cali fi cada y; ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP-P 2018 de la Dirección Regional de Salud Puno (DIRESA - PUNO) y Unidades Ejecutoras, conforme al texto que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal de las Redess de Salud y Hospitales de la Dirección Regional de Salud de Puno, según el texto que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, que a continuación se detalla: 1Dirección Regional de Sa- lud Puno 2 Red de Salud Melgar Hospital “San Juan de Dios” Ayaviri3 Red de Salud Azángaro Hospital “Carlos Cornejo Roselló y Vizcardo”4 Red de Salud San Román Hospital “Carlos Monge Medrano”5 Red de Salud Huancané Hospital “Lucio Aldazabal Pauca” Huancané 6 Red de Salud Puno Hospital Regional Manuel Núñez Butrón 7 Red de Salud Chucuito Hospital “Rafael Ortiz Ravinez” Juli8 Red de Salud Yunguyo Hospital Yunguyo9 Red de Salud Collao Hospital Ilave10 Red de Salud Macusani Hospital San Martin de Porres Macusani 11 Red de Salud Sandia Hospital Sandia 12 Red de Salud Lampa Hospital “Antonio Barrionuevo” Lampa Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en estricto cumplimiento de lo que dispone el Artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y el portal electrónico del Gobierno Regional de Puno, bajo responsabilidad. POR TANTO:Comuníquese al señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. ZAIDA HAYDEE ORTIZ VILCA Concejera Delegada Mando se publique, se registre, cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 27 días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. JUAN LUQUE MAMANI Gobernador Regional de Puno 1720161-1