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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (15/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Sábado 15 de diciembre de 2018 / El Peruano Asesoría Jurídica sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento considera que se cumple con la formalidad normativa para la emisión de una Resolución Jefatural que apruebe la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a los solicitantes de las Prestaciones Económicas de Sepelio –PES de la UDR Apurímac, UDR Lima Sur, UDR Cajamarca II – Chota, UDR Arequipa, UDR Cerro de Pasco y UDR Lima Metropolitana Norte, por la suma total de S/ 4 640.00 (Cuatro mil seiscientos cuarenta y 00/100 soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios; Con el visto de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, y en la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS, modi fi cada por Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la programación de los pagos de prestaciones económicas de sepelio por la suma total de S/ 4 640.00 (Cuatro mil seiscientos cuarenta y 00/100 soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondientes a las solicitudes presentadas a la UDR Apurímac I, UDR Lima Sur, UDR Cajamarca II – Chota, UDR Arequipa, UDR Cerro de Pasco y UDR Lima Metropolitana Norte, conforme se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2 .- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento adoptar las acciones que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Tecnología de la Información el registro de los montos reconocidos mediante la presente Resolución Jefatural en los Formatos Únicos de Atención – FUA del aplicativo informático del Seguro Integral de Salud. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1723855-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Disponen la publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de noviembre de 2018 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 147-2018-INGEMMET/PE Lima, 12 de diciembre de 2018VISTO, el Informe N° 033-2018-INGEMMET/ DCM, de fecha 12 de diciembre de 2018, emitido por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de noviembre de 2018.CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, de fecha 05 de julio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de noviembre de 2018, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y PublíqueseHENRY LUNA CÓRDOVA Presidente Ejecutivo(e)INGEMMET 1723587-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aceptan renuncia de miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Cajamarca RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 227-2018-INDECOPI/COD Lima,11 de diciembre de 2018VISTOS:El Informe Nº 0072-2018/GOR-INDECOPI, el Informe Nº 0218-2018/GRH, el Informe Nº 817-2018/GEL, y el Informe Nº 122-2018/GEG; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-