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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (17/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 17 de diciembre de 2018 El Peruano / plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones serán remitidas al correo electrónico: imendoza@mincetur.gob.pe . Artículo 2.- La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico queda encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de Reglamento de Establecimientos de Hospedaje publicado, para posteriormente elaborar el texto de fi nitivo del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1723647-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 296-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación;Que, el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de S/ 1 600 000 000,00 (MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES) para fi nanciar, entre otros, lo dispuesto en el literal a) referido al pago de la diferencia de jornada de los profesores que acceden a los cargos de las Áreas de Gestión Pedagógica, de Gestión Institucional y de Formación Docente, respectivamente, establecidos en la Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial, y en el literal b) referido al fi nanciamiento de las encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de la responsabilidad previstos en las Áreas de Desempeño Laboral establecidas en el artículo 12 de la referida ley, disponiéndose en el párrafo 26.5 que dichas modi fi caciones se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante los Informes Nºs 985 y 01027-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, ha veri fi cado que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para fi nanciar el pago de la diferencia de jornada de los profesores que acceden a los cargos de las Áreas de Gestión Pedagógica, de Gestión Institucional y de Formación Docente, así como para el fi nanciamiento de las encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de la responsabilidad previstos en las Áreas de Desempeño Laboral; en virtud de lo cual, con Ofi cios Nºs 05997 y 06102-2018-MINEDU/SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;