Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2018 (17/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 17 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban metas de gestión que la EPS SEMAPACH S.A. deberá cumplir en el quinquenio regulatorio 2019 - 2023, la fórmula tarifaria que aplicará y la estructura tarifaria para los servicios de agua potable y alcantarillado
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 054-2018-SUNASS-CD Lima, 14 de diciembre de 2018 VISTO: El Memorándum N° 1343-2018-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria mediante el cual presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2019-2023; de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS SEMAPACH S.A.1 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 007-2018-SUNASS-GRT se inició el procedimiento de aprobación de oficio de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicables durante el quinquenio regulatorio 2019-2023 por EPS SEMAPACH S.A. Que, de acuerdo con el Reglamento General de Tarifas2, se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 26 de octubre de 2018. Que, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en el Anexo N° 7 del estudio tarifario que sustenta la propuesta final de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EPS SEMAPACH S.A. durante el quinquenio regulatorio 2019-2023. Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de EPS SEMAPACH S.A. y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa. Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano3, se ha considerado en la fórmula tarifaria recursos para la elaboración e implementación del Plan de Control de Calidad (PCC). Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (GRD), y considerando el efecto del cambio climático, en la fórmula tarifaria se han previsto recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma.

Que, teniendo en cuenta la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento4 y su reglamento5, en la fórmula tarifaria se han previsto recursos que coadyuven a la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE), así como para la formulación y seguimiento del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA). Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 30 de noviembre de 2018. HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión que EPS SEMAPACH S.A. deberá cumplir en el quinquenio regulatorio 2019-2023 y los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolución. Artículo 2°.- Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará EPS SEMAPACH S.A. durante el quinquenio regulatorio 2019-2023 de acuerdo con lo especificado en el Anexo N° 2 de la presente resolución. Artículo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria del quinquenio regulatorio 2019-2023 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EPS SEMAPACH S.A. conforme al detalle contenido en el Anexo N° 3 de la presente resolución. Artículo 4°.- Disponer la creación de: un fondo para financiar las inversiones con recursos internamente generados por la empresa prestadora; así como las reservas para: 1) formulación de un plan de Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) y Adaptación al Cambio Climático (ACC); 2) implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE); 3) elaboración e implementación del Plan de Control de Calidad (PCC) y 4) formulación y seguimiento del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA). Para constituir el fondo de inversiones y las reservas señaladas en el párrafo anterior, EPS SEMAPACH S.A. deberá abrir las respectivas cuentas en el sistema bancario, así como depositar mensualmente durante el quinquenio regulatorio 2019-2023, los porcentajes de ingresos por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado y cargo fijo (sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal) que se indican en el Anexo N° 4 de la presente resolución. Si se comprobara un uso distinto de los recursos o que no se hayan efectuado las transferencias correspondientes al fondo de inversiones o a las reservas antes señaladas, la SUNASS tomará las acciones correspondientes de conformidad al Reglamento General de Supervisión y Sanción6 y también comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social de EPS SEMAPACH S.A. y a la Contraloría General de la República. Artículo 5°.- Aprobar los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que EPS SEMAPACH S.A. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 5 de la presente resolución y resultan de aplicación a partir del día siguiente de su publicación.

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Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal de Chincha Sociedad Anónima Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias. Aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2010-SA. Decreto Legislativo N° 1280, publicado el 29 de diciembre del 2016 en el Diario Oficial El Peruano. Aprobado con Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, publicado el 26 de junio de 2017 en el Diario Oficial El Peruano. Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 003-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.

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