Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 22 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, mediante el artículo 19 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, se autoriza al Ministerio del Interior, durante el Año Fiscal 2018, para celebrar adendas con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), conforme a lo dispuesto por la Ley N° 30356, en el marco de los Convenios de Administración de Recursos suscritos con el citado organismo internacional, a fin de garantizar la continuidad para la ejecución del proyecto de inversión "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María ­ Lima ­ Lima", con Código SNIP 305924, con la incorporación de la Unidad Productora de Servicios de Salud de Emergencia y estacionamientos; Que, asimismo, el artículo antes citado autoriza, durante el Año Fiscal 2018, al Ministerio del Interior a efectuar transferencias a favor de la OIM hasta por un monto de S/ 40 364 630,00 (Cuarenta Millones Trescientos Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta y 00/100 Soles), las cuales deben aprobarse mediante resolución del titular del Ministerio del Interior, previo informe favorable de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, o la que haga sus veces, y publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales, establece los requisitos para la autorización y suscripción de convenios de administración de recursos, así como para sus modificatorias, disponiendo que previo a la suscripción del convenio resulta necesario contar con los informes favorables de las oficinas de presupuesto, de administración, de asesoría jurídica y la opinión favorable vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la necesidad y viabilidad del convenio y que mediante acto resolutivo de carácter indelegable, el titular de la entidad aprueba la suscripción del convenio; Que, con Oficio N° 142-2018-EF/15.01, de fecha 19 de diciembre de 2018, el Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N° 353-2018-EF/62.01 de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad, el cual contiene la opinión favorable y vinculante respecto de la viabilidad para suscribir la Tercera Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María ­ Lima ­ Lima", cuya suscripción únicamente se restringe a los aspectos que han sido objeto de análisis y no alterna aquellas cláusulas identificadas expresamente por el Ministerio del Interior; Que, mediante Memorando N° 2931-2018/IN/OGPP, la Oficina General de Planificación y Presupuesto remite el Informe N° 000911-2018/IN/OGPP/OPP de la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto, en el cual se indica que dicha Oficina mediante Informe N° 0007772018/IN/OGPP/OPP, de fecha 14 de noviembre de 2018, emitió opinión favorable para la susrcripción de la Tercera Adenda al citado Convenio de Administración de Recursos; por lo cual es viable efectuar la transferencia de recursos a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), por contar con disponibilidad presupuestaria por el importe de S/ 20 319 132,00; por las fuentes de financiamiento 1 Recursos Ordinarios (S/ 16 555 041,00) y 5 Recursos Determinados (S/ 3 764 091,00); según Certificados de Crédito Presupuestario N° 001330 y 001331, acreditados por la Oficina General de Infraestructura mediante Memorando N° 001344-2018/IN/ OGIN; Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Infraestructura, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y Finanzas y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio

del Interior, y modificatorias; el Decreto Supremo N° 3812015-EF, que aprueba el Reglamento que establece lineamientos y requisitos para solicitar la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas en virtud de la Ley Nº 30356; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Suscripción de Tercera Adenda Apruébese la suscripción de la Tercera Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María ­ Lima ­ Lima", con Código SNIP 305924, suscrito entre el Ministerio del Interior y la Organización Internacional para las Migraciones ­ OIM, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 del Pliego 007: Ministerio del Interior, Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura, por la suma de S/ 20 319 132.00 (Veinte Millones Trescientos Diecinueve Mil Ciento Treinta y Dos y 00/100 Soles), por las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados, a favor de la Organización Internacional para las Migraciones, para la ejecución del PIP "Mejoramiento de los servicios críticos y de consulta externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz, Jesús María ­ Lima ­ Lima", con Código SNIP 305924, con la incorporación de la Unidad Productora de Servicios de Salud de Emergencia y estacionamientos. Artículo 3.- Limitaciones al Uso de los Recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 2 de la presente Resolución no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1726042-1

Dan por concluidas designaciones de Subprefectos Provinciales de Huarochirí, Región Lima Provincias y de Ocros, Región Ancash
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 109-2018-IN-VOI-DGIN Lima, 19 de diciembre de 2018 VISTOS: Los Informes Nºs. 000529 y 000531-2018/ IN/VOI/DGIN/DAP de la Dirección de Autoridades de la Dirección General de Gobierno Interior, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, el cual, en el numeral 13) del inciso 5.2 del artículo 5 establece como una de las funciones específicas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional;

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