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16 NORMAS LEGALES Sábado 22 de diciembre de 2018 / El Peruano cm y 48 cm, los cuales son excesivos, dando lugar a que ya no cuenten con la precisión requerida para cualquier tipo de trabajo topográfico y geodésico, por lo que se recomienda dar por concluido el empleo de la totalidad de puntos geodésicos de orden “0”, “A”, “B” y “C” que se encuentran dentro de la Red Geodésica Geocéntrica Nacional (REGGEN); Que, de conformidad a la Ley Nº 27292 “Ley del Instituto Geográfico Nacional”; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005 – DE/SG; en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Suprema Nº 193-2017–DE/EP del 28 de diciembre de 2017; y, Estando a lo propuesto por el Director de Cartografía del Instituto Geográfico Nacional y a lo recomendado por el Jefe del Departamento de Procesamiento Geodésico. SE RESUELVE:Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDO el empleo de los doscientos cuarenta (240) puntos geodésicos de orden “0”, “A”, “B” y “C” establecidos por el Instituto Geográ fi co Nacional y los cuatro mil novecientos cincuenta y cinco (4,955) puntos geodésicos de orden “A”, “B” y “C” establecidos en el marco del Proyecto de Consolidación de los Derechos de Propiedad Inmueble (PCDPI), por haber acumulado desplazamientos excesivos a través de los años, dando lugar a que no cuenten con la precisión requerida para cualquier tipo de trabajo topográ fi co y geodésico. Artículo 2°.- Recomendar a los usuarios de la comunidad geodésica y al público en general el empleo de las Estaciones de Rastreo Permanente de la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo (REGPMOC) que se encuentran distribuidas dentro del ámbito del territorio nacional. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4°.- Encargar a la O fi cina de Estadística e Informática, la publicación de la presente resolución en el portal institucional, a efectos de informar a la comunidad geodésica y público en general. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCOS ALBERT RODRIGUEZ MONGE Jefe del Instituto Geográ fi co Nacional 1725472-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 188-2018-FONCODES/DE Fe de Erratas de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 188-2018-FONCODES/DE, publicada en la edición del día 20 de diciembre de 2018. DICE:HERNÁN PEÑA Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social DEBE DECIR:HERNÁN PENA Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1726030-1ECONOMIA Y FINANZAS Establecen la Programación de Compromisos Anual (PCA) del Año Fiscal 2019 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 026-2018-EF/50.01 Lima, 21 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO:Que, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el artículo 29-A de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público de corto plazo por toda fuente de fi nanciamiento que permite la compatibilización de la programación del presupuesto autorizado, con el marco macroeconómico multianual, las reglas fi scales y la capacidad de fi nanciamiento del Año Fiscal respectivo; Que, la determinación, actualización y revisión de la PCA atiende a los principios de e fi ciencia y efectividad en el gasto público, predictibilidad del gasto público, presupuesto dinámico, perfeccionamiento continuo y prudencia y responsabilidad fi scal, y, en ese sentido, la Dirección General de Presupuesto Público tiene en cuenta los niveles de ejecución del presupuesto institucional de los pliegos, así como la proyección de dicha ejecución al cierre del Año Fiscal; Que, mediante la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modi fi catorias, se regulan, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la PCA en los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, de conformidad con las competencias de la Dirección General de Presupuesto Público, resulta necesario establecer la PCA del Año Fiscal 2019 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; En uso de las facultades conferidas en los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Establecer la Programación de Compromisos Anual (PCA) del Año Fiscal 2019 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO VEINTIUN MIL CIENTO SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 144 618 121 106,00), por toda Fuente de Financiamiento, conforme se detalla en el Anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Dichos montos serán publicados a nivel de Pliego en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Artículo 2.- La Programación de Compromisos Anual (PCA) no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización fi nanciera de los recursos públicos asignados; así como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a lo señalado por el artículo 11 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, “Directiva para la