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13 NORMAS LEGALES Sábado 22 de diciembre de 2018 El Peruano / dispone que es de interés social y de necesidad pública la identi fi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1255, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 14 de la Ley antes acotada, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus competencias la de formular, coordinar, ejecutar, y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, con Informe N° 900011-2018-HHP/DSFL/DGPA/ VMPCIC/MC de fecha 26 de noviembre de 2018, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal en uso de sus facultades previstas en los numerales 62.7, 62.8, y 62.9 del artículo 62 del ROF, recomienda declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico “Sector 11_UNMSM”, ubicado en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, así como aprobar el expediente técnico de delimitación ( fi cha técnica, memoria descriptiva y planos) del referido Sitio Arqueológico; Que, mediante el Certi fi cado de Búsqueda Catastral con la Publicidad N° 6186091, la O fi cina Registral de Lima determinó que la poligonal del Sitio Arqueológico “Sector 11_UNMSM” se encuentra comprendida en el ámbito del predio inscrito en la Partida N° 07026153, cuya propiedad corre inscrita a favor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que, en razón a ello, a través del O fi cio N° 900966-2018/ DFSL/DGPA/VMPCIC/MC de fecha 31 de octubre de 2018, y conforme lo prevé el artículo 18 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS y la Resolución Viceministerial N° 021-2016-VMPCIC-MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal noti fi có a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos respecto del procedimiento de declaratoria y aprobación del expediente técnico del Sitio Arqueológico “Sector 11_UNMSM”, ubicado en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, otorgándosele el plazo de diez (10) días hábiles para que ejerza su derecho de presentar alegaciones; no habiéndose presentado alegación alguna; Que, a través del Informe N° 900385-2018/DGPA/ VMPCIC/MC de fecha 10 de diciembre de 2018, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emite opinión favorable a la declaratoria y delimitación propuesta, elevando el expediente al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que se continúe con el trámite que corresponde; Que, conforme a lo previsto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, corresponde declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico “Sector 11_UNMSM”, ubicado en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; así como aprobar el expediente técnico de delimitación ( fi cha técnica, memoria descriptiva y planos) del referido Sitio Arqueológico, por la importancia y valor que tiene para la identidad nacional, así como para brindarle protección legal para su conservación, al tratarse de un área intangible; siendo necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC; el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2014-MC; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico “Sector 11_UNMSM”, según los datos señalados en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Lima Nombre del Paisaje ArqueológicoDistritoDatum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte Sector 11_UNMSMCercado de Lima273364.7311 8666453.9080 Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico de delimitación ( fi cha técnica, memoria descriptiva y planos) del Sitio Arqueológico “Sector 11_UNMSM”, ubicado en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a los planos, área y perímetro siguientes: Nombre del Sitio ArqueológicoNº de Plano en Datum WGS84Área (m2)Área (ha)Perímetro (m) Sector 11_UNMSMPP-0119-MC_DGPA/DSFL- 2016 WGS84 1,850.19 0.1850 207.50 UB-040-MC_DGPA- DSFL-2018 WGS84 Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en los Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico mencionado en el artículo 1, así como del expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el Sitio Arqueológico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certi fi cada de la presente Resolución a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA ANTONIA BURGA CABRERA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales (e) 1725559-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico “Sector 2 Geografía” ubicado en el Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 248-2018-VMPCIC-MC Lima, 20 de diciembre de 2018