Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de diciembre de 2018 /

El Peruano

el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARUSHKA CHOCOBAR REYES Secretaría Secretaría de Gobierno Digital 1726008-1

Artículo 2. Alcance La presente Resolución es de alcance obligatorio a todas las entidades de la Administración Pública comprendidas en el Artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, con excepción de las personas jurídicas señaladas en el numeral 8 del citado artículo. Artículo 3. Plan de Gobierno Digital El Plan de Gobierno Digital se constituye en el único instrumento para la gestión y planificación del Gobierno Digital de la Administración Pública, y es aprobado por el titular de la entidad para un periodo mínimo de tres (03) años, debiendo ser actualizado y evaluado anualmente. Artículo 4. Elaboración del Plan de Gobierno Digital Las entidades de la Administración Pública elaboran el Plan de Gobierno Digital en base a los Lineamientos aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución. Para el caso de los gobiernos locales la formulación del Plan de Gobierno Digital es aplicable para los gobiernos locales de ciudades principales tipo A y tipo B detallados en el Anexo II de la presente Resolución. Todos los demás gobiernos locales deben cumplir con el registro de sus proyectos o iniciativas en el ámbito de Gobierno Digital en el aplicativo informático que disponga la Secretaría de Gobierno Digital. Artículo 5. Contenido mínimo del Plan de Gobierno Digital El Plan de Gobierno Digital debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1. Título. 2. Introducción. 3. Base legal. 4. Enfoque estratégico de la entidad. 5. Situación actual del Gobierno Digital en la entidad. 6. Objetivos de Gobierno Digital. 7. Proyectos de Gobierno Digital. 8. Cronograma de actividades 9. Anexos. Artículo 6. Articulación del Plan de Gobierno Digital Las entidades de la Administración Pública deben asegurar la articulación de los objetivos del Plan de Gobierno Digital con los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, Plan Estratégico Sectorial Multianual, Planes de Desarrollo Concertado, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional Multianual, según corresponda. Artículo 7. Implementación del Plan de Gobierno Digital El Comité de Gobierno de Digital debe gestionar que los recursos, bienes y servicios para la ejecución de los proyectos, adquisiciones y contrataciones del Plan de Gobierno Digital se registren en el cuadro de necesidades y en lo que corresponda en el Plan Anual de Contrataciones o documento equivalente. Artículo 8. Del registro y evaluación del Plan de Gobierno Digital Las entidades comprendidas en el alcance deben registrar anualmente la información sobre sus proyectos y demás información de Gobierno Digital en el aplicativo informático que para tal efecto disponga la Secretaría de Gobierno Digital, de acuerdo a lo siguiente: a) El registro de la información planificada debe realizarse desde el primer día hábil del mes de enero hasta el último día hábil del mes de febrero del año previo a su ejecución; y gestionar su inclusión en el Plan Operativo Institucional del año siguiente. b) La actualización de la información registrada en el literal a) se realiza desde el primer día hábil hasta el último día hábil del mes de enero del año en ejecución, en base a la información del Plan Operativo Institucional financiado y Plan Anual de Contrataciones aprobado o documento equivalente para dicho año.

Aprueban Lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL N° 005-2018-PCM/SEGDI Lima, 13 de diciembre de 2018 VISTO: El Informe N° D000036-2018-PCM/SEGDI/SSTRD, de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, es el ente rector en materia de gobierno digital que comprende tecnologías digitales, identidad digital, interoperabilidad, servicio digital, datos, seguridad digital y arquitectura digital. Dicta las normas y procedimientos en dicha materia; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 47 y 48 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros actúa como ente rector del Sistema Nacional de Informática, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, siendo ésta la encargada de formular, proponer y aprobar normas, estándares y lineamientos en materias de su competencia, así como supervisar su cumplimiento; Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2018-PCM se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas, la digitalización de servicios públicos nuevos o existentes por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, mediante Resolución Ministerial N° 119-2018PCM se dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública, el cual tiene como parte de sus funciones formular el Plan de Gobierno Digital de la entidad; Que, el artículo 4 y la Primera Disposición Complementaria Final de la citada Resolución Ministerial disponen que la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) emite los lineamientos para la gestión y planificación en materia de Gobierno Digital en la Administración Pública, que permita la formulación del referido Plan; Que, los referidos lineamientos se basan en estándares y buenas prácticas internacionales en gobierno y gestión de tecnologías digitales, así como en las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en materia de Gobierno Digital; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM, y la Resolución Ministerial N° 119-2018PCM; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación de los lineamientos Aprobar los Lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

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