Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2018 (22/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Normalización del Alfabeto de la Lengua Matsigenka Montetokunirira" compuesto por veintidós (22) grafías; Que, a través del Oficio N° 1070-2018-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural solicita al Viceministerio de Gestión Pedagógica, en atención al Informe N° 479-2018-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, la emisión de la Resolución Ministerial que reconozca la oficialidad otorgada por Resolución Directoral N° 004-2018-MINEDU/ DIGEIBIRA-DEIB al alfabeto de la lengua originaria Matsigenka Montetokunirira; Que, al haberse emitido la Resolución Directoral que otorga valor oficial a las reglas de escritura uniforme de la lengua originaria Matsigenka Montetokunirira, corresponde la emisión de la Resolución Ministerial que reconozca la oficialidad otorgada; Con la visación del Viceministerio de Gestión Pedagógica, la Secretaría General, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Norma Técnica denominada "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reconocer la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria Matsigenka Montetokunirira, declarada mediante Resolución Directoral N° 004-2018-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB, conforme a las veintidós (22) grafías siguientes: a o ch p e r g s i sh j t k ts ky ty m u n v ñ y

Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1725734-1

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática, para financiar la Segunda Transferencia del Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 337-2018-MINEDU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 709-2018-MINEDU Lima, 21 diciembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 725-2017-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 9 839 253 844,00 (NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y

TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 Soles) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el año 2018, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, para los procesos de formación, capacitación, innovación y evaluación en materia educativa, para la asistencia técnica y el monitoreo de la ejecución de proyectos de inversión vinculados a materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; asimismo, establece que las citadas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos. Dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano. Finalmente señala que la entidad del Gobierno Nacional es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo para los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme a la presente disposición; Que, con fecha 06 de julio de 2018, el Ministerio de Educación­MINEDU y el Instituto Nacional de Estadística e Informática­INEI suscribieron el Convenio N° 337-2018-MINEDU, el cual tiene por objeto que las partes ejecuten las acciones necesarias y suficientes, para llevar a cabo la Evaluación de Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial; para lo cual, el INEI coadyuvará, a nivel nacional, en la aplicación de instrumentos de evaluación del desempeño de profesores que se encuentran designados en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, en cargos directivos de instituciones educativas de Educación Básica y pertenecen a los grupos I y II; Que, la Cláusula Sexta: Financiamiento del citado Convenio, establece que el MINEDU transferirá a favor del INEI el monto de S/ 26 734 548,00 (VEINTISÉIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES); suma que cubre los costos y gastos administrativos efectivamente realizados por el INEI para el cumplimiento del objeto del convenio en mención, según el detalle de la Estructura de Costos (Anexo B del Convenio) elaborada por el INEI; asimismo, se dispone como condición necesaria para la transferencia de la suma antes indicada, que el INEI cumpla con entregar al MINEDU la documentación y/o información que se establece en los Términos de Referencia (Anexo A del Convenio) y recibir la conformidad respectiva; Que, mediante Resolución Ministerial N° 369-2018-MINEDU, del 13 de julio de 2018, se autorizó la Primera Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos, hasta por el monto de S/ 24 061 093,20 (VEINTICUATRO MILLONES SESENTA Y UN MIL NOVENTA Y TRES Y 20/100 SOLES), de la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, conforme a lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio, correspondiente al 90% del monto total del Convenio en mención; Que, la Dirección General de Desarrollo Docente, a través del Oficio N° 02454-2018-MINEDU/VMGPDIGEDD, en función a lo sustentado por la Dirección de Evaluación Docente mediante el Oficio Nº 2141-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED y el Informe N° 002-2018-MINEDU/VMGP/DIGEDD-DIED-OPER, emite su conformidad al Informe Final presentado por el INEI, en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 337-2018-MINEDU, y solicita la transferencia financiera a favor del INEI, por la suma de S/ 2 673 454,80 (DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO 80/100 SOLES), conforme lo pactado en el Convenio en mención;

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