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106 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 / El Peruano Administrativa de Servicios, Decreto Legislativo Nº 1057 y modi fi catorias. b) Aprobar las licencias con goce de haber no reguladas en el artículo 30 del Reglamento Interno de los Servidores Civiles de PROINVERSIÓN. c) Aprobar las licencias con o sin goce de haber que superen los treinta (30) días. d) Autorizar el traslado o reubicación de fi nitivo del personal por necesidad del servicio en ciudad distinta a donde se encuentra prestando servicios. e) Autorizar acciones de personal, referidas a encargos y designaciones temporales de personal bajo el régimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo Nº 728 y modi fi catorias; y Contratación Administrativa de Servicios, Decreto Legislativo Nº 1057 y modi fi catorias, según corresponda. 1.2 En materia administrativa a) Suscribir en nombre de la Entidad, los Convenios de Asistencia Técnica en la modalidad de Asesoría sin Financiamiento y los vinculados a la Ley No. 29230, “Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del Sector Privado” y el artículo 17 de la Ley Nº 30264, “Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico” así como sus modi fi caciones. b) Aprobar directivas y otros instrumentos que fueran necesarios para la gestión administrativa de la entidad. c) Suscribir en representación de la Entidad, convenios de colaboración interinstitucional así como sus modi fi caciones. d) Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal y sus modi fi caciones. e) Aprobar las modi fi caciones al Clasi fi cador de Cargos. f) Designar a los miembros del Comité Especial de Cautela. g) Suscribir los Contratos así como las adendas, sujetos a las disposiciones “Gestión de Sociedades de Auditoría”. h) Designar, rati fi car o modi fi car a los servidores que realizan funciones de fedatarios de la entidad. i) Constituir, designar y modi fi car a los miembros de comité de carácter permanente para la elaboración y aprobación del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada. j) Designar al funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. k) Designar a los funcionarios encargados de clasi fi car la información de carácter secreta y reservada. l) Designar al responsable de remitir las ofertas de trabajo al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. m) Modi fi car el Reglamento Interno de los Servidores Civiles de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada. 1.3 En materia de contrataciones del Estado a) Aprobar las contrataciones directas, para el supuesto establecido en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley N° 30225. b) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, en el marco de la Ley Nº 30225. c) Autorizar las prestaciones adicionales de obra.d) Remitir al OSCE, las sentencias que resuelvan de manera de fi nitiva el recurso de anulación, en el plazo establecido en la Ley N° 30225. e) Evaluar la conveniencia o no de someter a arbitraje las decisiones de la Junta de Resolución de Disputas. 1.4 En materia presupuestal a) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que corresponda al Titular del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada. b) Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. 1.5 En materia de tesorería a) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada. Artículo 2.- Delegar en el Director/a de la Dirección de Servicios al Inversionista, o quien haga sus veces, la siguiente facultad: a) Suscribir en nombre de la Entidad, los convenios de estabilidad jurídica y contratos de inversión, así como sus modi fi caciones. Artículo 3.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración, o quien haga sus veces, las siguientes facultades: 3.1 En materia de contrataciones del Estado a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC), sus modi fi catorias y evaluar su ejecución. b) Autorizar las contrataciones de los bienes, servicios y ejecución de obras requeridos por la entidad, en el marco de la Ley Nº 30225. c) Designar a los integrantes de los Comités de Selección, en el marco de la Ley Nº 30225. d) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección de: Comparación de Precios, Selección de Consultores Individuales, Licitación Pública, Concurso Público, Contrataciones Directas y Subasta lnversa Electrónica. e) Aprobar las Bases o Solicitudes de Expresión de Interés, según corresponda, de los procedimientos de selección de: Comparación de Precios, Selección de Consultores Individuales, Adjudicación Simpli fi cada, Licitación Pública, Concurso Público, Contrataciones Directas y Subasta lnversa Electrónica. f) Aprobar las ampliaciones de plazo de los contratos de bienes, servicios y ejecución de obras suscritos con la Entidad, bajo el marco de la Ley Nº 30225, excepto las derivadas del artículo 34.A de la mencionada norma. g) Aprobar la contratación complementaria de bienes y servicios en general, y respecto de los contratos que se deriven de procedimientos de selección de: Comparación de Precios, Selección de Consultores Individuales, Adjudicación Simpli fi cada, Concurso Público, Licitación Pública y Subasta Inversa Electrónica. h) Aprobar el otorgamiento de la Buena Pro a las propuestas que superen el valor referencial en los procedimientos de selección de: Comparación de Precios, Selección de Consultores Individuales, Adjudicación Simpli fi cada, Concurso Público, Licitación Pública, hasta el límite máximo previsto por ley. i) Aprobar la reserva del valor referencial en los procedimientos de selección. j) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección de: Comparación de Precios, Selección de Consultores Individuales, Adjudicación Simpli fi cada, Concurso Público, Licitación Pública, Contrataciones Directas y Subasta Inversa Electrónica. k) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales así como la reducción de prestaciones. l) Aprobar los procesos de estandarización.m) Suscribir los contratos relativos a las contrataciones de bienes, servicios y ejecución de obras, así como suscribir las modi fi caciones y resoluciones de contrato, excepto las establecidas en el artículo 34A de la Ley Nº 30225. n) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procesos de Selección a entidades públicas nacionales así como aprobar el expediente de contratación y los documentos del procedimiento de selección, de ser el caso, en calidad de encargante. o) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de obras y de consultoría de obra que se presenten a la Entidad.