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122 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 / El Peruano ANEXO 1: INFORME TÉCNICO: DETERMINACIÓN DE TASAS POR ARBITRIOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA 2019 1. ASPECTOS GENERALES Y ANTECEDENTES NORMATIVOSEl régimen tributario de Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2012 del distrito de Punta Hermosa, fue expresado mediante Ordenanza Nº 230-2012-MDPH, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 2368-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el Diario O fi cial El Peruano el 30 de diciembre de 2012. Durante los dos años siguientes al año 2013, regímenes tributarios 2014 y 2015 se han prorrogado la estimación de costos y determinación de tasas. Posteriormente para los años 20016, 2017 y 2018 se ha actualizado los costos y tasas reajustados con la variación del Índice de Precios al Consumidor – IPC. Ello signi fi ca que únicamente en el año 2012 se procedió a realizar los trabajos de relevamiento de información de las áreas prestadoras de los servicios y los costos correspondientes a dicho año 2012, costos que han seguido estimándose para los siguientes años. En el siguiente cuadro se detalla las ordenanzas aprobadas y rati fi cadas por el Concejo Metropolitano durante los últimos años: TRIBUTO: Arbitrios Municipales ORDENANZAACUERDO DE CONCEJOFECHA DE PUBLICACION Año 2013 230-2012-MDPH Régimen tributario NUEVO 2368-MML 30/12/2012 Año 2014 254-2013-MDPHPrórroga de la Ordenanza 230-2012- MDPH2680-MML 22/12/2013 Año 2015 280-2014-MDPHPrórroga de la Ordenanza 230-2012- MDPH2420-MML 28/12/2014 Año 2016 308-2015-MDPH IPC de la Ordenanza 280-2014-MDPH 406-MML 30/12/2015 Año 2017 337-2016-MDPH IPC de la Ordenanza 308-2015-MDPH 534-MML 30/12/2016 Año 2018 364-2017-MDPH IPC de la Ordenanza 481-MML 29/12/2017 El Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida de conformidad a lo establecido en la Norma III y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF — Texto Único Ordenado del Código Tributario, así como el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades — Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modi fi car y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, dentro de los límites establecidos por Ley. En cumplimiento a las disposiciones contenidas en el T.U.O de la Ley de Tributación Municipal, respecto a la aprobación anual de las tasas por arbitrios, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa ha efectuado el análisis de los gastos ejecutados al mes de junio del presente año 2018, encontrándose que éstos se vienen aplicando de acuerdo a lo programado en el presente ejercicio, aprobados mediante Ordenanza Nº 364-2017-MDPH rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 481- MML el cual fue publicado en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 29 de diciembre 2017. Mediante Informe N° 034-2018-MDPH-GSPyGA emitido por la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, expresa que los niveles de prestación de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos sólidos domiciliarios, Recolección de Residuos sólidos en Playas, Parques y Jardines realizados en el periodo enero a junio y los que se tienen programados ejecutar en el periodo julio a diciembre del año 2018, viene cumpliéndose de acuerdo a lo plani fi cado conforme a las metas previstas para el ejercicio antes indicado. Es decir, que la prestación de la calidad e incidencia de los servicios se estima mantener para el siguiente año en la misma magnitud que durante el presente año 2018. Mediante Informe N° 074-2018-MDPH-GSC emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, establece que de acuerdo a las actividades programadas en función al número de incidencias y actividades del personal de esta Gerencia, los niveles de prestación para el año 2019 se proyectan de forma similar al presente ejercicio. Del mismo modo, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial señala mediante Informe N° 146-2018-MDPH-SGLyCP que los costos de materiales, insumos, útiles de o fi cina entre otros utilizados durante el presente año 2018 no sufrirán incrementos sustanciales, por lo que se concluye que los niveles de prestación de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos sólidos Domiciliarios, Recolección de Residuos sólidos en Playas, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2019, serán los mismos que se vienen prestando en el presente año. Con Informe N° 087-2018-MDPH-GPyP emitido por la Gerencia de Presupuesto señala que al mes de junio del presente periodo 2018 los costos por la prestación de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos sólidos domiciliarios, Recolección de Residuos sólidos en Playas, Parques y Jardines y Serenazgo, se vienen ejecutando conforme a los costos aprobados en la Ordenanza Nº 364-2017-MDPH y se tiene previsto cumplir a cabalidad en lo que resta del año (julio a diciembre) a fi n de poder cumplir con ejecutar más del 100% de los costos aprobados en la Ordenanza antes citada. Asimismo, la Gerencia de Administración Tributaria, considerando lo establecido en la Ordenanza Nº 2085, que sustituye la Ordenanza N°1533 y modi fi catorias, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias en el ambito de la provincia de Lima; artículo 8º inciso b) considera que para el año 2019 resulta aplicable lo dispuesto en la Ordenanza Nº 364-2016- MDPH – Régimen Tributario de Arbitrios Municipales 2018, y la aplicación de los costos y tasas previstas en dicha ordenanza reajustados con la variación del Índice de Precios al Consumidor - IPC acumulado al mes de junio del 2018, aprobada por Resolución Jefatura Nº 195-2018-INEI y publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 30 de junio de 2018. Dicha aplicación del IPC se encuentra prevista en lo dispuesto en el artículo 69-B de la Ley de Tributación Municipal - Decreto Legislativo Nº 776, el mismo que señala que las Municipalidades podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 1 de enero del año fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del índice de precios al consumidor en la capital del departamento. 2. EJECUCIÓN PRESUPUESTALLa Municipalidad Distrital de Punta Hermosa durante el ejercicio fi scal 2018, ha realizado las acciones necesarias para dar cumplimiento a las metas programadas en las actividades de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos sólidos Domiciliarios, Recolección de Residuos sólidos en Playas, Parques y Jardines y Serenazgo. La ejecución de gastos para realizar las actividades que permitan cumplir los objetivos