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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (31/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 121

121 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 El Peruano / correspondientes al periodo 2013, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 2368-MML publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de diciembre del 2012, que contiene un régimen tributario y determinación de estructuras de costos y tasas por arbitrios municipales aplicando los criterios mínimos de distribución fi jados por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Fiscal, así como las recomendaciones dadas por la Defensoría del Pueblo a través de su Informe Nº 106; la misma que fue prorrogada mediante Ordenanza Nº 254-MDPH que aprobó las tasas por arbitrios municipales correspondientes al periodo 2014, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 2680-MML publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 22 de diciembre del 2013; a su vez prorrogada mediante Ordenanza Nº 280-MDPH que aprobó las tasas por arbitrios municipales correspondientes al periodo 2015, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 2420-MML publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre del 2014; esta última actualizada con aplicación del IPC mediante Ordenanza Nº 308-MDPH que aprobó las tasas de los arbitrios municipales correspondientes al periodo 2016, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 406-MML publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de diciembre del 2015; y fi nalmente actualizada con aplicación del IPC mediante Ordenanza Nº 337-MDPH que aprobó las tasas por arbitrios municipales correspondientes al periodo 2017, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 534-MML publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de diciembre del 2016. Asimismo se actualiza con la aplicación del IPC mediante Ordenanza Nº 364-2017-MDPH que aprobó las tasas por arbitrios municipales correspondiente al periodo 2018, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº481-MML, publicado por el Diario O fi cial El Peruano el 29 de diciembre de 2017; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69-B de la Ley de Tributación Municipal - Decreto Legislativo Nº 776, las Municipalidades podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 1 de enero del año fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del índice de precios al consumidor en la capital del departamento; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 195-2018- INEI, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 30 de junio del 2018, se fi jó la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana al mes de junio del 2018 en 1.08% por lo que corresponde ajustar los montos contenidos en la presente propuesta a dicho porcentaje; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, considerando lo establecido en la Ordenanza Nº 2085, que sustituye la Ordenanza Nº1533 y modi fi catorias, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima; artículo 8º inciso b) considera que para el año 2019 resulta aplicable lo dispuesto en la Ordenanza Nº 364-2016- MDPH – Régimen Tributario de Arbitrios Municipales 2018, y la aplicación de los costos y tasas previstas en dicha ordenanza reajustados con la variación del Índice de Precios al Consumidor - IPC acumulado al mes de junio del 2018, aprobada por Resolución Jefatura Nº 195-2018-INEI y publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 30 de junio de 2018; Que, mediante Informe Nº 099-2018-GAJ-MDPH la Gerencia de Asesoría Jurídica considera que de acuerdo a lo expuesto y conforme al Informe Técnico contenido en el Informe Nº 116-2018-GAT-MDPH, elaborado por la Gerencia de Administración Tributaria, que describe el procedimiento técnico respectivo; resulta procedente legalmente, previo Acuerdo de Concejo, la aprobación de la Ordenanza; Que, en aplicación de los criterios establecidos, se procede a aprobar el monto de las tasas que se aplicarán para el cobro de los servicios para el ejercicio 2019, las mismas que regirán a partir del 01 de enero del 2019 previa publicación conjuntamente con el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la rati fi ca;De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta por unanimidad, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO DE LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS EN PLAYAS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL AÑO 2019 EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA Artículo Primero.- MARCO LEGAL APLICABLE Aplíquese para el ejercicio 2019 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 230-MDPH, la misma que fue rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 2368-MML publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de diciembre del 2012. Artículo Segundo.- DETERMINACION DEL COSTO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Para el ejercicio 2019 se aplicara los costos y tasas establecidos por los servicios públicos de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, Recolección de Residuos Sólidos en Playas, Parques y Jardines y Serenazgo establecidos en la Ordenanza Nº 364-MDPH, la misma que fue rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 481-MML publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 29 de diciembre del 2017, reajustados con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana al mes de junio del 2018 en 1.08%, de conformidad a lo señalado en la Resolución Jefatural Nº 195-2018-INEI y publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 30 de junio del 2018. Artículo Tercero.- APROBACIÓN DEL INFORME TECNICO Apruébese el Informe Técnico Financiero que como Anexo 1 forma parte de la presente ordenanza, que sustenta los costos y tasas reajustadas con el IPC correspondiente a los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, Recolección de Residuos Sólidos en Playas, Parques y Jardines y Serenazgo; así como el Cuadro de Determinación de Tasas y el Cuadro de Estimación de Ingresos por concepto de la prestación de los referidos servicios públicos, que como Anexo 02 forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- VIGENCIA DE LA NORMA La presente ordenanza entrará en vigencia el 01 de enero del 2019, siempre que previamente haya sido publicada conjuntamente con el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la rati fi ca, conforme al marco legal vigente, en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultar al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- PUBLICACIÓN El texto íntegro de la presente Ordenanza y los anexos que forman parte de la misma, será publicados en la página web del municipio, www.munipuntahermosda.gob.pe así como en la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, www.sat.gob.pe de conformidad con el segundo párrafo del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 2085. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde