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118 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 / El Peruano que prorroga la vigencia para el periodo 2019 de la: “ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL MONTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2018”, fi jados por la Ordenanza N.º 191-2017/MDP/C. CONSIDERANDO: Que el artículo 194º de la Constitución Política del Perú precisa que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía, económica y administrativas en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N.º 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº133-2013-EF, establecen que los Gobiernos Locales mediante ordenanzas crean, modi fi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley y se supedita, la puesta en vigencia de la norma a su rati fi cación por la Municipalidad provincial de su circunscripción. Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº156-2004-EF, establece que la actualización de los valores de predios por las municipalidades, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anualmente, es más, en su cuarta disposición fi nal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio. Que, con Ordenanza Municipal Nº 191-2017-MDP/C, QUE REGULA EL MONTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EJERCICIO 2018, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº490/MML, publicados ambos en el Diario O fi cial “El Peruano” el 30 diciembre 2017. Que, de conformidad con las Ordenanzas Municipales Nº1533/MML y modi fi cada por Ordenanza Municipal Nº1833/MML, “Disposiciones Finales: Sétima. - Periodicidad de Rati fi cación de Ordenanzas del servicio municipal sobre Emisión Mecanizada de Valores para el contribuyente. Las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser rati fi cadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo rati fi catorio, tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la rati fi cación en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación del Acuerdo de Concejo rati fi catorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre. Transcurrido dicho periodo, las municipalidades deberán dar inicio al procedimiento de ratifi cación respectivo, conforme el plazo previsto para tal efecto”. Que, con Informe Nº066 -2018-GR/MDP de la Gerencia de Rentas, precisa que, de la proyección de los Costos por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores y determinación del Impuesto para el ejercicio 2019, no se reportan variaciones respecto de los aprobados con Ordenanza Municipal Nº 191-2017/MDP/C, recomendando por lo tanto la prórroga de la vigencia de esta última. De conformidad con lo establecido por los artículos 8º, 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por MAYORIA, con dispensa de lectura y aprobación del Acta, la siguiente.ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL 2019 LA VIGENCIA DE LOS MONTOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, FIJADOS POR LA ORDENANZA Nº 191-2017-MDP/C Artículo Primero.- PRORROGAR para el 2019, la vigencia de los montos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales, fi jados por la Ordenanza Nº 191-2017-MDP/C, rati fi cada por el Acuerdo de Concejo Nº 490/MML. Artículo Segundo.- FIJAR en S/. 6.80 (SEIS Y 80/100 SOLES). El monto por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de declaración jurada y determinación del impuesto predial; tal como lo establece la Ordenanza Municipal Nº 191-2017-MDP/C, rati fi cada por el Acuerdo de Concejo Nº490/MML. Este monto será abonado conjuntamente con el pago al contado del impuesto predial o de optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota. Artículo Tercero.- FIJAR, el monto mínimo del impuesto predial para el Año Fiscal correspondiente al 2019 en 0.6% de la UIT vigente, de conformidad con el Artículo 13º del Texto Único Ordenado de la ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Artículo Cuarto.- ESTABLECER como fecha de vencimiento mensual del pago de los arbitrios municipales para el Ejercicio 2019, el último día hábil de cada uno de los meses del año 2019. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas, Subgerencia de Registro y Recaudación, y la Subgerencia de Estadística e Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuación de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, de la misma forma serán publicados en el Portal Web de la Municipalidad de Pachacámac: www.munipachacamac.gob.pe de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº 1533/MML y Ordenanza 1833/MML. Tercera.- DÉJESE SIN EFECTO cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase.HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1727500-1 Establecen beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 212-2018-MDP/C Pachacámac, 18 de diciembre del 2018EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 18 de diciembre del 2018, el Informe Nº 651-2018-MDP/GR-SGRyR; Informe Nº 081-2018-MDP/GR, Informe Nº 477-2018-MDP/GAJ y Proveído Nº913-2018-MDP/GM, emitido por la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica