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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (31/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 El Peruano / “ANTOFAGASTA” (SS-32), que participó en la ejecución del Ejercicio Multinacional SUBDIEX 2015, al haber permanecido los días 15, 24 y 30 de setiembre de 2015, en el puerto de Mayport, Estados Unidos de América; Que, si bien la autorización de viaje se realizó mediante Resolución Suprema, el segundo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que durante el año 2018, la autorización para viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dispone que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, de acuerdo con el documento Nº 123-2018 del Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, el pago por el concepto de Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer el pago por TRES (3) días adicionales por el concepto de Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero, a favor del Personal Naval nombrado en Comisión de Servicio de la dotación del B.A.P. “ANTOFAGASTA” (SS-32), que se detalla en la relación del Anexo y que forma parte integrante de la presente Resolución, que participó en la ejecución del Ejercicio Multinacional SUBDIEX 2015, al haber permanecido los días 15, 24 y 30 de setiembre de 2015, en el puerto de Mayport, Estados Unidos de América, en los términos siguientes: Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (3 días): US$. 89.83 x 3 días x 2 O fi ciales Superiores– Mayport (EE.UU.) US$. 538.98US$. 74.86 x 3 días x 7 O fi ciales Subalternos– Mayport (EE.UU.) US$. 1,572.06US$. 71.28 x 3 días x 39 Técnicos y Ofi ciales de Mar–Mayport (EE.UU.) US$. 8,339.76 ---------------------TOTAL A PAGAR: US$. 10,450.80 Artículo 2.- Disponer que el Ministerio de Defensa– Marina de Guerra del Perú, efectúe los pagos de los conceptos señalados en el artículo 1, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1727564-1DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefa de la Unidad de Tecnología de la Información y Jefe (a) de las Unidades Territoriales del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 166-2018-MIDIS/P65-DE Lima, 28 de diciembre de 2018 VISTO: Los Informes N° 166-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 167-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 168-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 169-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 170-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 171-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 172-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 173-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 174-2018-MI-DIS/P65-URR.HH, 175-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 176-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 177-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 178-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 179-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 180-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 181-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 182-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 183-2018-MI-DIS/P65-URR.HH, 184-2018-MIDIS/P65-URR.HH, 185-2018-MIDIS/P65-URR.HH y 186-2018-MIDIS/P65-URR.HH expedidos por la Unidad de Recursos Humanos y el In-forme N° 00248-2018-MIDIS/P65-DE/UAJ, emitido por la Uni-dad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, de fecha 19 de octubre de 2011, y sus modi fi catorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y con Resolución Ministerial N° 065-2012-MIDIS, de fecha 9 de mayo de 2012, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” adscrita al Pliego 040 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, de fecha 11 de diciembre de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, documento técnico normativo de gestión que formaliza la estructura orgánica del Programa, orientando el esfuerzo institucional al logro de su misión, visión y objetivos estratégicos, describiendo entre otros aspectos, las funciones especí fi cas de las unidades que lo integran y la descripción detallada y secuencial de los principales procesos técnicos y/o administrativos; Que, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1º de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Con fi anza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8° del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 087-2018-MIDIS, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el día 30 de marzo de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; Que, mediante Resolución Directoral N° 129-2018-MIDIS/P65-DE de fecha 11 de octubre de 2018,