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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2018 (14/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Domingo 14 de enero de 2018 / El Peruano ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2018 en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento establecidas en el D.S. N° 027-2007-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 011-2018-EF/41 Lima, 12 de enero de 2018 CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, del 25 de marzo de 2007, define y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento–PNOC para las entidades del Gobierno Nacional, en adelante PNOC, a fin que el conjunto de instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, asimismo, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM señala que, dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, mediante resolución ministerial del sector respectivo, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 111-2012- PCM, del 01 de noviembre del 2012, se incorporó la Política de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para todos los niveles del Gobierno Nacional, dado que tiene como fi nalidad la protección de la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 092-2017- PCM, del 13 de setiembre de 2017, se aprobó la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, que es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno y que, en su Disposición Complementaria Única deroga el literal 11 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM; Que, mediante Resolución Ministerial N° 064-2016- PCM, del 28 de marzo de 2016, se aprueba la Directiva “Lineamientos para la aprobación de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, y sus modi fi catorias; y, para la presentación de informes de evaluación”; Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N°117-2014-EF, es función del Ministro de Economía y Finanzas, orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo, en el marco de la política general del Gobierno; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas–MEF, ha formulado las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2018, en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento, considerando las propuestas presentadas por los órganos del Ministerio de Economía y Finanzas y por los organismos públicos adscritos y entidades vinculadas al Sector; de conformidad con lo previsto en la Resolución Ministerial N° 064-2016-PCM, que aprobó la Directiva N° 001-2016-PCM/SC “Lineamientos para la aprobación de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, y sus modi fi catorias; y, para la presentación de informes de evaluación”; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2018, en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de Metas e Indicadores de Desempeño Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2018 en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modi fi catorias, que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- De la publicación La presente resolución es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y el Anexo será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1606295-1 Autorizan viajes de representantes de la Superintendencia del Mercado de Valores a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 012-2018-EF/10 Lima, 12 de enero de 2018CONSIDERANDO:Que, el proceso de integración de la Alianza del Pací fi co (AP) es de gran importancia para el Perú, por lo que mediante O fi cio N° 02 -2018-SMV/02 y O fi cio N° 297-2017-SMV/02, la Superintendencia del Mercado de Valores inició coordinaciones con la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile y la Superintendencia Financiera de Colombia, respectivamente, para la organización de reuniones de trabajo; Que, en atención al rol que le corresponde a la Superintendencia del Mercado de Valores en la integración de los mercados de capitales de la Alianza del Pací fi co, dicha entidad sostendrá reuniones con diversas entidades de los mercados chilenos y colombianos con el objetivo principal de revisar las formas de profundizar el proceso de integración de la Alianza del Pací fi co, las cuales tendrán lugar en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 17 al 19 de enero de 2018; y en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 25 al 26 de enero de 2018; Que, las reuniones en las que participará la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile y la Superintendencia Financiera de Colombia, incluyen también a los representantes del sector privado de dichos países, a los intermediarios y a los emisores que operan en el Mercado Integrado Latinoamericano – MILA; y, asimismo, con vista a la próxima implementación del denominado “pasaporte de fondos”, también se prevén reuniones con el gremio de fondos mutuos en la ciudad de Santiago de Chile y con el gremio de las fi duciarias en la ciudad de Bogotá; Que, las reuniones permitirán revisar el avance del proceso de integración de la Alianza del Pací fi co y las posibles formas de profundizarlo, lo que ayudará a implementar las mejoras que resulten pertinentes; Que, en dicho contexto, la Superintendencia del Mercado de Valores considera de importancia institucional la participación de los señores José Manuel Jesús Peschiera Rebagliati, Superintendente del Mercado de Valores, y Rodny Bernardo Rivera Via,