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11 NORMAS LEGALES Domingo 14 de enero de 2018 El Peruano / el Programa Anual de Promociones, a que se re fi ere el artículo 8 de la Ley 29852, y considerando el cumplimiento del Plan de Acceso Universal a la Energía, una partida destinada a cubrir las transferencias del mecanismo de compensación a la tarifa eléctrica residencial; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar el Programa Anual de Promociones para el periodo 2018, en el marco de lo establecido en el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022, aprobado con Resolución N° 203-2013-MEM-DM, y en la Ley N° 29852 y su Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, así como la Ley N° 29852, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2012 y sus modi fi catorias, la Ley N° 30468 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 027-2016-EM, y el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022, aprobado con Resolución N° 203-2013-MEM-DM y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Programa Anual de Promociones 2018” que contiene los Programas destinados a ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Para efectos de la aplicación del artículo 112a del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2008-EM y modi fi cado por Decreto Supremo N° 010-2016-EM, los criterios para la determinación de bene fi ciarios, conceptos y montos para la aplicación del Mecanismo de Promoción son aquellos a los que se re fi ere el Programa N° 1 del Anexo de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Para efecto de los Programas de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima, Callao e Ica, contemplados dentro del Programa Anual de Promociones 2018, se mantendrán vigentes los precios máximos del Servicio Integral de Instalación Interna establecidos por el OSINERGMIN para el Programa Anual de Promociones 2017, hasta que dicho organismo establezca los precios máximos correspondientes para el Programa Anual de Promociones 2018. Artículo 4.- En el plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial, el OSINERGMIN deberá establecer los precios máximos del Servicio Integral de Instalación Interna que serán cubiertos por el FISE, para lo cual podrá utilizar los estudios existentes a la fecha. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, así como la publicación de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 6.- Publíquese en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas los informes sustentatorios del “Programa Anual de Promociones 2018” aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS Ministra de Energía y Minas ANEXO PROGRAMA ANUAL DE PROMOCIONES 2018 N° PROGRAMAMONTO (Soles) 1Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao.S/. 207´690,000N° PROGRAMAMONTO (Soles) 2Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Ica.S/. 13´455,000 3Promoción de Vehículos de GNV en las Regiones de Lima, Callao, Ica, Lambayeque, Piura, Ancash, La Libertad, Junín, Cajamarca, Arequipa, Moquegua y Tacna.S/. 83´076,000 4Reconocimiento del “Descuento de Promoción” en aplicación del “Mecanismo de Promoción”, contenido en el artículo 112a del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM.S/. 31´237,888 5Programa de distribución de lámparas energéticamente e fi cientes.S/. 51’077,250 6Programa de Reemplazo de lámparas HPS (High Pressure Sodium) en alumbrado público, por lámparas más e fi cientes.S/. 88’500,000 7Programa Masivo Fotovoltaico para Zonas Aisladas No Conectadas a RedS/. 66’456,903 8Compensación a las empresas de distribución de electricidad por la aplicación del mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial, conforme a lo establecido en la Ley N° 30468 y sus normas reglamentarias.S/. 180´000,000 TOTAL S/. 721´493,041 1. Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao. Detalles del Programa Anual de Promociones 2018Condición Objetivo del proyecto Instalación Residencial de Gas Natural El monto total comprometido estimadoS/ 207´690,000 Plazo de ejecuciónInicio: Enero de 2018 Final: Hasta la publicación del siguiente Programa Anual de Promociones o la ejecución del monto total comprometido Fuente de fi nanciamientoRecursos del FISE (Ley N° 29852) Mecanismo de Promoción (art. 112a del Decreto Supremo N° 040-2008-EM) Cobertura del fi nanciamiento y Criterios para la determinación de bene fi ciarios de los Programas de Promoción de Masi fi cación del Uso de Gas Natural (Informe N° 387- 2017-MEM/DGH)- Destinado a hogares de poblaciones de menores recursos (estratos Medio, Medio Bajo y Bajo) según el Plano Estrati fi cado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar, elaborado por el INEI. - Los hogares deben contar con redes de distribución residencial para el suministro de gas natural por red de ductos, de acuerdo a la normativa sectorial vigente. - El FISE cubrirá el servicio integral de instalación interna - El Mecanismo de Promoción cubrirá el costo del derecho de conexión y el costo de la Acometida (art. 112a del TUO del Reglamento de Distribución) - El Plano Estrati fi cado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar a ser utilizado para la determinación de los bene fi ciarios del FISE de los programas de masi fi cación de gas natural residencial, deberá ser la última versión actualizada del plano con la que cuente el INEI a la fecha de entrada en vigencia del presente programa.