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21 NORMAS LEGALES Martes 23 de enero de 2018 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar en el/la Secretario/a General de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, durante el Año Fiscal 2018, las siguientes facultades: a) En materia de presupuesto:- Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que incluye sus anexos. - Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional – POI de PERÚ COMPRAS. b) En materia de contrataciones del Estado:- Resolver recursos de apelación presentados en procedimientos de selección que correspondan ser resueltos por PERÚ COMPRAS. - Aprobar el otorgamiento de la buena pro de las propuestas que excedan hasta en 10% el valor referencial. - Aprobar las contrataciones directas en los supuestos indicados en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. - Atender los pedidos de información requeridos por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, relacionados a cualquier tipo de procedimiento de selección. c) En materia de tesorería:- Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de PERÚ COMPRAS. Artículo Segundo.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina de Administración de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, para el Año Fiscal 2018, las siguientes facultades: a) En materia de contrataciones del Estado:- Aprobar los expedientes de contratación, incluyendo los correspondientes a contrataciones directas. - Aprobar la reserva del valor referencial en los procedimientos de selección. - Designar y remover a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, así como modi fi car su composición. - Aprobar las bases de los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de contrataciones directas. - Aprobar la cancelación parcial o total de los procedimientos de selección, por causal debidamente motivada. - Modi fi car y resolver contratos relativos a la contratación de servicios, consultorías, ejecución de obras y adquisición de bienes. - Suscribir los contratos complementarios, aprobar prestaciones adicionales y reducción de prestaciones, resolver solicitudes de ampliaciones de plazo (solo para bienes y servicios). - Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje derivados del incumplimiento de los contratos suscritos en el marco de la Ley N° 30225 y su reglamento. - Ejercer la representación legal de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, para en la ejecución de las garantías ante las empresas supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradora de Fondos de Pensiones autorizadas para emitir garantías; o las consideradas en la lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. - Aprobar la subcontratación de prestaciones por el máximo permitido en la normativa de contratación pública. - Designar a los Comités de Recepción de Obras.- Aprobar los Expedientes Técnicos de Obras.- Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución y/o consultorías de obras.b) En materia administrativa: - Representar a PERÚ COMPRAS ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir trámites, procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo; asimismo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas. - Representar a PERÚ COMPRAS ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y suscribir documentos, ofi cios y escritos ante esta Entidad, en el marco de su competencia. c) En materia de bienes estatales:- Aprobar los actos de administración de los bienes de la entidad, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales. - Aprobar las donaciones a favor de la entidad, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Artículo Tercero.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables, y comprende las facultades de decidir dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; más no exime la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para cada caso en concreto. Artículo Cuarto.- Establecer que corresponde a la Ofi cina de Administración, la suscripción de los contratos derivados de la aplicación de la Ley N° 30225 y sus normas reglamentarias, modi fi catorias y complementarias. Artículo Quinto.- Notifi car la presente resolución a los servidores a quienes se les ha otorgado las facultades y atribuciones señaladas en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Jefa (e) de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS 1608710-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Aprueban Lineamientos para la aplicación del Principio de Indivisibilidad en la evaluación del impacto ambiental a cargo del Senace y sus Anexos RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 008-2018-SENACE/JEF Lima, 22 de enero de 2018 VISTOS: El Informe Sustentatorio Consolidado N° 001-2018-SENACE-JEF-DGE/NOR emitido por la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental, la Dirección de Evaluación Ambiental de Proyectos de Recursos Naturales y Productivos y la Dirección de Evaluación Ambiental de Proyectos de Infraestructura; y, el Informe N° 017-2017-SENACE-SG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y,