Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2018 (26/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 26 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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En la página 11; DICE: 6.9 Factores agravantes y atenuantes (F) (...) Para el cálculo de la multa se estiman los Factores Atenuantes y Agravantes, donde:

DEBE DECIR: 6.9 Factores agravantes y atenuantes (F) (...) Para el cálculo de la multa se estiman los Factores Atenuantes y Agravantes, donde:

1609980-1

DEFENSA
Autorizan viaje de Personal de la Fuerza Aérea del Perú a Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0084-2018 DE/FAPLima, 24 de enero de 2018 Visto, el Oficio Radicado N° 20172200238571 /MDNCGFM-FAC-COFAC-JEMFA-EMAIN ­ 3-4, de fecha 11 de diciembre de 2017, del Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana y el Oficio NC-50-DEFO-N° 0011 de fecha 11 de enero de 2018 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Radicado N° 20172200238571 /MDN-CGFM-FAC-COFAC-JEMFA-EMAIN ­ 3-4, de fecha 11 de diciembre de 2017, el Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana, informa que la Escuela de Suboficiales "CT. Andrés M. Díaz" ha otorgado dos (02) becas para que dos alumnos de la Fuerza Aérea del Perú participen en el Programa Académico de la Tecnología en Abastecimiento Aeronáutico, durante dos años desde el 02 de febrero de 2018 al 28 de noviembre de 2019; Que, mediante el Oficio NC-50-DEFO-N° 0011 de fecha 11 de enero de 2018, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios de los Alumnos de 2do año FAP GERALDINE SERNA JAVIER y DAVID CESAR ARIAS ALCOCER, para participar en el Programa Académico de la Tecnología en Abastecimiento Aeronáutico, que se realizará en la Escuela de Suboficiales de la Fuerza Aérea Colombiana, ubicada en la ciudad de Bogotá ­ República de Colombia, del 02 de febrero de 2018 al 28 de noviembre de 2019; Que, de acuerdo a lo descrito en la Exposición de Motivos del Oficio citado en el párrafo precedente, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar que se detalla en la parte resolutiva; por cuanto, les permitirá adquirir conocimientos sobre los avances tecnológicos de la aeronáutica militar de la República de Colombia e intercambiar experiencias durante su

periodo de formación y entrenamiento para su posterior desempeño como suboficial de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero correspondiente al período comprendido del 02 de febrero al 31 de diciembre de 2018, así como el pago por el gasto de traslado de ida de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y los pagos correspondientes a los años posteriores se harán con cargo al presupuesto del sector público del Año Fiscal que corresponda; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0003 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 12 de enero de 2018, el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, indica que los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales, Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y gastos de traslado de ida que ocasione la presente autorización en Misión de Estudios, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, pasajes, Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y gastos de traslado de ida en Misión de Estudios de acuerdo a lo establecido en el artículo 08 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, de conformidad con el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144 ­ "Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas", el personal de Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar, nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2013-DE de fecha 04 de diciembre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y

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