Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2018 (26/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de enero de 2018 /

El Peruano

Tratamiento Médico Altamente Especializado de Personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, y; Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el Programa Académico de la Tecnología en Abastecimiento Aeronáutico, que se realizará en la Escuela de Suboficiales de la Fuerza Aérea Colombiana, ubicada en la ciudad de Bogotá ­ República de Colombia, del 02 de febrero de 2018 al 28 de noviembre de 2019; así como, su salida del país el 01 de febrero de 2018 y retorno el 29 de noviembre de 2019:
Alumna de 2do Año FAP NSA: S-61200517 Alumno de 2do Año FAP NSA: S-61200617 GERALDINE SERNA JAVIER DNI: 74840203 DAVID CESAR ARIAS ALCOCER DNI: 76085176

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0085-2018 DE/MGP Lima, 24 de enero de 2018 Vista, la Carta G.500-0338 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 19 de enero de 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N el Presidente del Grupo de Trabajo en Transporte Marítimo de los Océanos Pacífico e Índico (PACIOSWG), ha cursado invitación para que representantes de las naciones y organizaciones miembros y observadoras, participen en la Reunión del Grupo de Trabajo en Transporte Marítimo de los Océanos Pacífico e Índico (PACIOSWG 2018) y en la Conferencia de Planificación Final del Ejercicio BELL BUOY 2018, a realizarse en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 29 de enero al 2 de febrero de 2018; Que, con Oficio P.200-005 de fecha 4 de enero de 2018, el Director General de Capitanías y Guardacostas propone al Capitán de Fragata Américo Iván AMICO Fortunic, para que participe en las mencionadas actividades; lo que permitirá intercambiar experiencias, adquirir conocimientos en el desarrollo de las actividades del ejercicio y los procedimientos operativos específicos de Control Naval del Tráfico Marítimo dentro de un escenario ficticio; así como, evaluar la eficiencia de los sistemas de comunicaciones entre la Armadas participantes para los fines de Control del Tráfico Marítimo en los Océanos Pacífico e Índico; Que, de acuerdo con el documento Nº 008-2018 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después de los eventos, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Américo Iván AMICO Fortunic, CIP. 00964232, DNI. 43980893, para que participe en la Reunión del Grupo de Trabajo en Transporte Marítimo de los Océanos Pacífico e Índico (PACIOSWG 2018) y en la Conferencia de Planificación Final del Ejercicio BELL BUOY 2018, a realizarse en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 29 de enero al 2 de febrero de 2018; así como, autorizar su salida del país el 28 de enero y su retorno el 3 de febrero de 2018.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje aéreo Ida: Lima ­ Bogotá (República de Colombia) US $ 1,036.25 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ Gastos de traslado ­ Ida (Equipaje, bagaje e instalación) US $ 1,069.38 x 01 x 02 personas = US $ 2,072.50 2,138.76

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 1,069.38 / 28 x 27 dias x 02 personas = US $ 2,062.38 US $ 1,069.38 x 10 meses x 02 personas = US $ 21,387.60 ------------------------Total a pagar = US $ 27,661.24

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014 y en la Resolución Ministerial N° 1500-2016-DE/SG de fecha 22 de diciembre de 2016. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa ­ Fuerza Aérea del Perú del Año Fiscal correspondiente. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1610230-1

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