Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2018 (26/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 26 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Santiago (República de Chile) - Lima US$. 1,563.45 US$. 1,563.45 Pasajes Terrestres: Santiago - Valparaíso - Santiago (República de Chile) US$. 180.00 US$. 180.00 Viáticos: US$. 370.00 x 5 días TOTAL A PAGAR: US$. 1,850.00 -------------------------US$. 3,593.45

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1610228-1

Aprueban la Matriz de Metas e indicadores de las Políticas Nacionales del Ministerio de Defensa para el Año Fiscal 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0090-2018-DE/SG Jesús María, 24 de enero de 2018 VISTOS: El Oficio N° 36-2018-DIGEPE/DIPPED de la Dirección General de Política y Estrategia, el Informe Técnico N° 032018/DIGEPE/DIPPED de la Dirección General de Política y Estrategia; el Informe Legal N° 112-2018-MINDEF/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, entre otras, el diseño y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 027-2017PCM y sus modificatorias, establece que, además del cumplimiento de las políticas y acciones sectoriales, las Políticas Nacionales son de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional; Que, el artículo 3 del citado Decreto Supremo, dispone que, mediante Resolución Ministerial, cada Sector debe aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, asimismo, el numeral 7.2.5 de la Directiva N° 001-2016-PCM/SC denominada "Lineamientos para la

aprobación de indicadores de desempeño y metas de las Políticas Nacionales del Decreto Supremo N° 0272007-PCM y sus modificatorias; y, para la presentación de informes de evaluación", aprobada por Resolución Ministerial N° 064-2016-PCM, establece que, una vez que las propuestas de indicadores, metas y lineamientos de cada sector sean validadas a través del Sistema Nacional de Políticas Nacionales ­ SISPNAC, se deberá aprobar, mediante Resolución Ministerial, la matriz que contiene los productos o actividades prioritarias, indicadores y metas correspondientes; Que, mediante el Informe Técnico N° 03-2018/DIGEPE/ DIPPED del 12 de enero de 2018, remitido a través del Oficio N° 36-2018-DIGEPE/DIPPED de la misma fecha, la Dirección General de Política y Estrategia señaló que en cumplimiento de la normativa aplicable, se realizaron diversas coordinaciones con la Secretaría de Coordinación de la Presidencia del Consejo de Ministros sobre los aspectos relacionados a la formulación de la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Ministerio de Defensa para el Año Fiscal 2018, la misma que fue registrada en el SISPNAC; Que, en consecuencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 027-2017-PCM y sus modificatorias, y el numeral 7.2.5 de la Directiva N° 001-2016-PCM/SC, habiendo sido registrada la propuesta de los productos o actividades prioritarias, indicadores y metas, la Dirección General de Política y Estrategia señaló que corresponde aprobar mediante Resolución Ministerial la Matriz que los contiene; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacional de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, y sus modificatorias; en el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE, y Directiva N° 001-2016-PCM/SC denominada "Lineamientos para la aprobación de indicadores de desempeño y metas de las Políticas Nacionales del Decreto Supremo N° 0272007-PCM y sus modificatorias; y, para la presentación de informes de evaluación", aprobada por Resolución Ministerial N° 064-2016-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Matriz de Metas e indicadores de las Políticas Nacionales del Ministerio de Defensa para el Año Fiscal 2018, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Política y Estrategia es la encargada de realizar la evaluación semestral y anual de la presente Matriz; para lo cual, los Órganos, Organismos Públicos y Empresas del Sector Defensa inmersos en su cumplimiento, remitirán la evaluación de su ejecución, a más tardar a los diez (10) días útiles de culminados los semestres correspondientes. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el diario Oficial "El Peruano", y la Matriz a que se refiere el artículo 1, sea difundida en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www. mindef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1610232-1

Autorizan viaje de Personal de la Fuerza Aérea del Perú a Francia, en comisión de servicio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0092-2018 DE/FAPLima, 24 de enero de 2018

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