Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de enero de 2018 /

El Peruano

de Santiago, República de Chile, del 29 al 31 de enero de 2018; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modificatorias; y, la Resolución Secretarial Nº 0122016-MEM/SEG, que aprueba la Directiva Nº 004-2016MEM/SEG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del señor Mauricio Augusto Ricardo Cuadra Moreno, Director de Promoción Minera (e) de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, del 29 al 31 de enero de 2018, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 016: Ministerio de Energía y Minas Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Mauricio Augusto Ricardo Cuadra Moreno
Pasajes + FEE Viáticos (US$ 370,00 por 2 días) Total US$ US$ 746.15 740.00

INTERIOR
Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2018-IN Lima, 25 de enero de 2018 VISTOS; el Mensaje de fecha 7 de enero de 2018, de la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 20-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 16 de enero de 2018, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Nº 15-2018-DIRASINT-PNP/ DIVABI-D.R., de fecha 17 de enero de 2018, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 000261-2018/IN/OGAJ, de fecha 22 de enero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Mensaje de fecha 7 de enero de 2018, la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que la segunda reunión del grupo de trabajo encargado de debatir la viabilidad de la creación de un Centro de Estudios Estratégicos de INTERPOL, se llevará a cabo del 1 al 2 de febrero de 2018, en la ciudad de Lyon ­ República Francesa; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 20-2018-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 16 de enero de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Vargas Mérida, propuesto por la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, para que participe en la reunión antes citada, a realizarse en la ciudad de Lyon ­ República Francesa, del 30 de enero al 4 de febrero de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como objetivo que el grupo de trabajo asesore a la Secretaría General de la INTERPOL sobre la viabilidad operativa y financiera de la creación de un centro de estudios estratégicos y sobre los posibles marcos para proceder a esta creación; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 164-2018-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 16 de enero de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y

US$ 1,486.15

Artículo 3.- Disponer que el servidor público cuyo viaje se autoriza, presente a la Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANGELA GROSSHEIM BARRIENTOS Ministra de Energía y Minas 1610996-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 002-2018-EM Mediante Oficio Nº 000114-2018-DP-SG-SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 002-2018-EM, publicado en la edición del día 25 de enero de 2018. DICE: DECRETO SUPREMO Nº 011-2018-PCM DEBE DECIR: DECRETO SUPREMO Nº 002-2018-EM 1610995-1

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