Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de enero de 2018 /

El Peruano

Transitoria precedente, queda derogado el Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS - Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por Ley Nº 27687- Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687 - Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Servicio Civil de Graduandos El Servicio Civil de Graduandos en Derecho, en adelante SECIGRA DERECHO, es una modalidad de prestación de servicios en las entidades de la Administración Pública que realizan, de modo facultativo, los estudiantes universitarios a partir del último año de estudios, y los egresados de las facultades y escuelas de Derecho a nivel nacional. El SECIGRA DERECHO forma parte del proceso de formación académica del estudiante y constituye una forma de aporte social al Estado y a la comunidad. Artículo 2.- Objeto El SECIGRA DERECHO tiene por objeto: a. Complementar el proceso formativo de los estudiantes de Derecho, vinculando el conocimiento teórico con el práctico. b. Fortalecer el vínculo entre las Escuelas y Facultades de Derecho con las entidades de la Administración Pública. c. Incentivar la responsabilidad social del estudiante de Derecho. d. Consolidar el aprendizaje del estudiante, a fin de mejorar sus capacidades y competencias para su inserción al mercado laboral. e. Coadyuvar a la eficiencia de la administración de justicia y la gestión pública. Artículo 3.- Duración La duración del SECIGRA DERECHO se determina mediante Resolución Ministerial del sector Justicia y Derechos Humanos, en la que se establece la fecha de inicio y de finalización del Programa; la convocatoria del Examen Nacional y los montos mínimos del estipendio. El periodo de vigencia es anual. Artículo 4.- Perfil Los estudiantes que participan en el SECIGRA DERECHO cuentan con el siguiente perfil. a. Sólidos conocimientos en materia jurídica, los cuales se acreditan con un rendimiento destacado o con el Examen Nacional de SECIGRA DERECHO. b. Vocación de servicio para participar en la administración pública, con sentido ético del ejercicio profesional y con visión de liderazgo en la comunidad. c. Eficiencia para el logro de resultados esperados por las instituciones que forman parte del SECIGRA DERECHO. d. Compromiso para coadyuvar a una pronta y eficiente administración de justicia y administración pública. Artículo 5.- Entidades intervinientes En el Programa SECIGRA DERECHO intervienen las siguientes entidades: a. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, dirige el Programa SECIGRA DERECHO.

b. Las Escuelas y Facultades de Derecho, a nivel nacional. c. Las entidades de la administración pública, conforme se contempla en el artículo I del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS. Artículo 6.- Actividades Jurídicas El secigrista realiza las siguientes actividades: a. Las que tienen por objeto el razonamiento, interpretación y aplicación del Derecho en la solución de problemas jurídicos. b. La capacitación y formación jurídica, el estudio de títulos, documentos, contratos, expedientes administrativos, entre otros. c. La orientación al ciudadano referente a asuntos jurídicos. d. La elaboración de proyectos de resoluciones y documentos derivados de procesos judiciales o procedimientos administrativos, así como de proyectos normativos vinculados a las funciones de la unidad receptora. e. Las que tienen por objeto el seguimiento y patrocinio de casos a cargo de clínicas jurídicas, consultorios jurídicos u otras modalidades de prestación de servicios jurídicos que brinden las Escuelas y Facultades de Derecho acreditadas como unidades receptoras. Quedan excluidas de las labores propias de los secigristas, aquellas que no se encuentran en las actividades anteriormente señaladas. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, establece y/o amplía el listado de las actividades jurídicas compatibles y/o complementarias a las señaladas en la presente disposición. Artículo 7.- Convalidación como prácticas pre profesionales El SECIGRA DERECHO, realizado en su totalidad, se convalida como un año de prácticas pre-profesionales para la obtención del título de Abogado y se acredita con el certificado o constancia expedido por la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa. Artículo 8.- Inexistencia de vínculo laboral La prestación del SECIGRA DERECHO no genera vínculo laboral ni derechos laborales o beneficios sociales de ninguna naturaleza y se encuentra únicamente sujeta a lo dispuesto en la Ley y el presente Reglamento. Artículo 9.- Derecho a estipendio 9.1. El secigrista tiene el derecho a percibir un estipendio mensual que no puede ser menor a una Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente a su emisión. 9.2. El estipendio se fija por día/secigra y se abona mensualmente, previa comprobación de la asistencia registrada por el secigrista. 9.3. La inasistencia por enfermedad, debidamente acreditada, se paga hasta por un máximo de tres (3) días. 9.4. En caso de inasistencia justificada, los días no asistidos son recuperados conforme al acuerdo sostenido entre el Secigrista y la Unidad Receptora. 9.5. El pago por la recuperación de cualquier otra inasistencia queda sujeto a la disponibilidad y administración presupuestal de los calendarios de compromisos de la unidad receptora. Artículo 10.- Obligaciones y responsabilidades del secigrista El secigrista tiene las siguientes obligaciones y responsabilidades: a. Cumplir con diligencia, puntualidad y eficiencia las tareas que se le encomiende. b. Asistir diariamente a prestar el SECIGRA DERECHO, registrando su ingreso y salida en la forma

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