Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de enero de 2018 /

El Peruano

34.2 A solicitud del interesado, la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa puede expedir constancias respecto al cumplimiento total del programa SECIGRA DERECHO, de asistencia y prestación parcial, para los casos de retiro, siendo necesario para su procedencia, que previamente se haya emitido la resolución de exclusión respectiva. 34.3 Los secigristas que en la asignación complementaria no cumplan con el número de horas del Programa SECIGRA DERECHO, obtendrán el certificado únicamente por el período realizado. 34.4 La unidad receptora, Escuela o Facultad de Derecho están impedidas de otorgar constancias, certificados o similares que acrediten la prestación parcial o total del SECIGRA DERECHO. Artículo 35.- Reconocimiento como prestación de servicios al Estado 35.1 La conclusión satisfactoria del SECIGRA DERECHO es reconocida como un año de prestación de servicios al Estado. Se acredita con la constancia expedida por la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa en la que expresamente se haga referencia a esta condición. 35.2 La referida constancia constituye un documento válido para acreditar la prestación de servicios al Estado en los procesos de selección a cargo de las entidades de la administración pública, en los que se solicite acreditar experiencia general, específica o laboral en el sector público. Artículo 36.- Premio Anual 36.1. La Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa organiza el Premio Anual SECIGRA DERECHO, en base a los lineamientos emitidos por la Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica, con el objetivo de reconocer a los secigristas, unidades receptoras y Escuelas Profesionales o Facultades de Derecho, que hubieren destacado o desarrollado buenas prácticas durante la prestación del servicio. 36.2. Mediante Resolución Ministerial se formaliza dicho reconocimiento, el cual es publicado en el portal institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo DERECHO 37.Sistema de Gestión SECIGRA

d. Emisión de constancia de cumplimiento del SECIGRA DERECHO. e. Otros que disponga la Dirección de la Promoción de Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica. 38.2 Oficina de SECIGRA DERECHO de la Escuela Profesional o Facultad de Derecho: a. Inscripción de los estudiantes que participan en el SECIGRA DERECHO. b. Remisión de relación de estudiantes aptos para el SECIGRA DERECHO. c. Remisión de los planes de capacitación. d. Registro de informes de supervisión a las unidades receptoras. e. Otros que disponga la Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica. 38.3 Unidad Receptora: a. Control y registro de asistencia del secigrista. b. Registro y remisión de planes de capacitación. c. Registro y remisión del informe final de evaluación del desempeño del secigrista. e. Otros que disponga la Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica. 38.4 Secigrista: a. Remisión del Informe personal sobre el desarrollo y aprendizaje jurídico en la unidad receptora. b. Otros que disponga la Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica. Artículo 39.- Plataforma E-learning SECIGRA DERECHO El E-learning SECIGRA DERECHO, tiene como objetivo brindar capacitación a través de aulas virtuales, con material educativo estructurado para la formación y capacitación de los secigristas. La Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica aprueba los contenidos y realiza la evaluación y seguimiento del desempeño de los secigristas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Adecuación de procedimientos La Escuela Profesional o Facultad de Derecho que opte por participar en el Programa SECIGRA DERECHO debe adecuar su marco normativo, en lo que resulte pertinente, a las disposiciones establecidas en el presente Reglamento. SEGUNDA.- Regulación complementaria Cualquier aspecto no previsto en la Ley y el presente Reglamento será resuelto por la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. TERCERA.Colaboración y Cooperación Interinstitucional Los decanos de las Escuelas Profesionales o Facultades de Derecho, los secigristas, los titulares de las Unidades Receptoras así como de las instituciones integrantes del Sistema de Administración de Justicia, participan y colaboran en las actividades que realice el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a nivel nacional o local y en la ejecución y difusión del Examen Nacional SECIGRA DERECHO, en el marco de sus competencias. CUARTA.- Prestación de servicios en Clínicas o Consultorios Jurídicos La Escuela Profesional o Facultades de Derecho de las universidades públicas, a nivel nacional, pueden acreditar, como unidades receptoras del programa SECIGRA DERECHO, a las clínicas, consultorios jurídicos u otras actividades de proyección social en materia legal, para lo cual, solicitan autorización de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, en base a los lineamientos que se aprueben para dicho fin.

37.1 El sistema de gestión SECIGRA DERECHO es el conjunto de componentes tecnológicos que permite el ingreso, procesamiento, salida y almacenamiento de la información de forma automatizada y sistematizada de las entidades que participan en el SECIGRA DERECHO. 37.2 Las instituciones que participan en el SECIGRA DERECHO emplean de manera obligatoria el sistema de gestión. 37.3 La Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica adopta las medidas técnicas y organizativas que sean necesarias para garantizar la seguridad del tratamiento de datos personales e información proporcionada. Artículo 38.- Empleo del Sistema de Gestión SECIGRA DERECHO Mediante el empleo del Sistema de Gestión SECIGRA DERECHO, se realizan las siguientes actividades: 38.1. Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica: a. Creación de usuario para los jefes de oficina responsable de SECIGRA DERECHO, unidades receptoras y secigristas. b. Emisión y registro de resoluciones de asignación a las unidades receptoras. c. Emisión y registro del bono de reconocimiento del SECIGRA DERECHO.

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