Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 27 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Oficio Nº 054-2018-SUNAFIL/SG del Secretario General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL; y, CONSIDERANDO:

VISTOS: El Informe Nº 032-2018-MTPE/4/12.03 de la Oficina General de Recursos Humanos y el Informe N° 096-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:

Que, los artículos 8 y 9 de la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, modifica la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, es el órgano máximo de la entidad. Es responsable de aprobar las políticas institucionales y la dirección de la entidad, cuyos miembros son designados para un período de tres años, mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 005-2017TR se designa como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, entre otros, al señor Augusto Enrique Eguiguren Praeli en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien ha presentado su renuncia ante dicho Consejo Directivo; Que, el literal c) del inciso 9.2 del artículo 9 de la Ley Nº 29981, establece que los miembros del Consejo Directivo pueden ser removidos mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo a las causales de vacancia, entre otras, la de renuncia aceptada; Que, en ese contexto, resulta pertinente aceptar la renuncia formulada por el señor Augusto Enrique Eguiguren Praeli y designar al nuevo miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor AUGUSTO ENRIQUE EGUIGUREN PRAELI como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor MANUEL ISIDRO VÁSQUEZ FLORES como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JAVIER ALBERTO BARREDA JARA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1610993-5

Que, mediante Resolución del Secretario General Nº 004-2018-TR/SG del 15 de enero de 2018, se aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Unidad Ejecutora 001-154: Ministerio de Trabajo-Oficina General de Administración correspondiente al Año Fiscal 2018, el cual en anexo adjunto forma parte integrante de dicha resolución; Que, mediante Informe Nº 032-2018-MTPE/4/12.03, la Oficina General de Recursos Humanos solicita la rectificación de la resolución antes citada, toda vez que, por error material se ha consignado la denominación "Oficina de Defensa Nacional" en lugar de Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 020-2017-TR, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, correspondiendo reemplazar dicha denominación, en la página 1, segunda columna, números de orden 67, 68, 69 y 70 del anexo antes referido; Que, el numeral 210.1 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; asimismo, el numeral 210.2 señala que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, en atención a las consideraciones expuestas y antecedentes que acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 0962018-MTPE/4/8, opina por la procedencia de la emisión del acto de administración interna solicitada; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo Nº 0042014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Resolución Ministerial N° 001-2018-TR, sobre delegación de facultades; SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectificar el error material contenido en el anexo de la Resolución del Secretario General Nº 0042018-TR/SG de fecha 15 de enero de 2018 que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y el anexo a que se refiere el artículo 1, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), en la misma fecha de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" siendo responsable de dicha acción la Jefa de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. YURI ALEJANDRO CHESSMAN OLAECHEA Secretario General 1610652-1

Rectifican error material contenido en el anexo de la Res. N° 004-2018-TR/SG, que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP)
RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL N° 006-2018-TR/SG Lima, 26 de enero de 2018

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