Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2018 (30/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Martes 30 de enero de 2018 /

El Peruano

Está prohibido el uso de residuos de pavimentos o veredas demolidas para el relleno de zanja u otro material inapropiado. Artículo Sexto.- SUPERFICIE DEL PARCHE Deberá cuidarse que la superficie del parche quede perfectamente envasada con la del pavimento existente no debiendo presentar depresiones ni sobre elevaciones. Artículo Séptimo.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA PISTA Y LAS VEREDAS Las Especificaciones Técnicas de acuerdo al tipo de pavimentos son: CONDICIONES GENERALES DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO: 1. La autorización para trabajos en veredas, que se otorgue por primera vez, admitirá una intervención y reposición del tramo afectado. En caso se requiera una nueva intervención en la misma cuadra, la reposición de la misma cubrirá la sección total del área de la vereda a reparar (ancho del tramo afectado). Entiéndase que la autorización es por cada empresa prestadora de servicios. 2. Toda empresa prestadora de servicios públicos, subcontratista, persona natural o jurídica, que realice o tenga previsto realizar trabajos en la vía pública, sea cual fuere su naturaleza, y que conlleve la ruptura o alteración de la pista, vereda, berma, retiro, jardín de aislamiento, o cualquier espacio que se considere de dominio público, está obligada a: a) Señalizar el área de trabajo, de conformidad con las normas de tránsito vigentes; asimismo deberá colocar un cartel de obra indicando el tiempo que tomarán los trabajos, el nombre del contratista o ejecutor responsable de los trabajos y la entidad contratante. A tal efecto deberá realizar la consulta de la ubicación de los carteles a la Subgerencia de Obras Públicas. b) Adecuar su cronograma de trabajo en caso coincida con trabajos en ejecución en la zona, por la propia Municipalidad o por otro contratista. A tal efecto deberá realizar la consulta a la Subgerencia correspondiente a efecto de poder realizar los trabajos en simultáneo con la obra en ejecución. c) Informar a la opinión pública mediante un medio de comunicación escrito, del inicio de obras y horario de los trabajos y el Plan de Desvíos. 3. Para el caso de ejecución de canalizados para colocación de redes para servicios públicos, en pistas con una antigüedad menor a siete (7) años de ejecución o de rehabilitación, los trabajos deberán considerar reponer el pavimento con ladrillo adoquinado conforme las características descritas en el numeral 6 de las Especificaciones Técnicas detallado en el presente artículo, conforme a los colores indicados por la Municipalidad, con un ancho no menor de cuatro metros (4 m), para que en futuras ampliaciones de redes de servicios públicos, no se afecte nuevamente el resto de la pista. 4. Los responsables de la ejecución de obras en áreas de uso público, deberán reparar los daños ocasionados, debidamente comprobados durante el proceso de ejecución de obra, de aquellas áreas públicas que han servido o que han sido utilizadas como estacionamiento para vehículos de carga pesada o maquinaria, áreas de tránsito, maniobra y/o acceso a la propiedad durante la ejecución de la obra, considerándose requisito indispensable la aprobación de los trabajos por la autoridad competente, para la emisión del Certificado de Finalización de Obra. 5. Sólo se permitirá la apertura de pistas para colocación de redes de servicios públicos, a la altura de los martillos de vereda, a excepción del sistema de saneamiento. 6. Los titulares de licencias de funcionamiento de locales, oficinas, o cualquier establecimiento que cuente con autorización para uso de áreas de uso público, o que utilicen la pista, vereda, berma, retiro, jardín de aislamiento, o cualquier espacio que se considere de dominio público,

como medio de ingreso a su estacionamiento o ingreso al local, son responsables del mantenimiento y buena conservación de dichas áreas. 7. Para el caso de intervenciones en pistas a realizarse a lo largo de las mismas, los trabajos deberán considerar reponer el asfaltado o pavimento (según sea el caso) en un tramo no menor al doble del largo de la sección intervenida, hasta un máximo del largo de la calle. CONDICIONES TÉCNICAS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO: 1. Pista de concreto: La losa de concreto tendrá un espesor igual al existente pero no menor de quince centímetros (15 cm.). La calidad del concreto a emplearse será de Fc.= 210 a 280 Kg./cm2 debiendo emplear acelerante de fragua a fin de que la interrupción de la vía demore lo menos posible y en función a la carga de la vía y al tránsito. El concreto deberá ser premezclado. Se cuidará que las caras de las juntas sean rectas y normales a la superficie de la base, con el objeto de evitar bordes delgados que puedan agrietarse o descascararse por efecto del tránsito. Se definirá el parche con una bruña perimetral. Para realizar el vaciado del concreto, se efectuará previamente la limpieza de los bordes del pavimento existente y se procederá a humedecerlos con una lechada de cemento. El curado del concreto deberá efectuarse mediante arroceras u otro método aprobado conforme a lo exigido por la inspección. 2. Pista de Asfalto: La reposición de la carpeta asfáltica deberá ser con el mismo material del pavimento original. En todos los casos se usará obligatoriamente asfalto caliente en los pavimentos que son de asfalto. El espesor de la carpeta será de dos pulgadas (2") como mínimo y deberá ser colocada en la base de afirmado ya compactada, limpia y con un riego previo de imprimación de asfalto líquido RC-250 con el porcentaje de solvente requerido. Posteriormente a la reposición del pavimento, éste será sellado en toda su extensión aplicando sello asfáltico a fin de darle mayor durabilidad. En el caso que la canalización subterránea cruce o afecte una calzada nueva o en buena conservación, la reposición final del asfalto deberá tener un ancho mínimo de cuatro metros lineales (2 metros lineales a cada lado), medidos desde el eje de la canalización, para lo cual deberá primero eliminar el asfalto existente con asfalto en caliente de dos pulgadas (2") de espesor. 3. Pista Mixta: La losa de asfalto mixta consiste en una losa de concreto con superficie de rodadura de asfalto. Deberá procederse de igual manera a lo anotado en los puntos anteriores, cuidando igualmente de imprimar la base de concreto antes de colocar el asfalto. En el caso de pistas mixtas la reposición de la carpeta asfáltica deberá tener un ancho mínimo de 4.00 metros lineales (2.00 metros lineales a cada lado), medidos desde el eje de la canalización, para lo cual primero deberá eliminar el asfalto existente con asfalto en caliente de dos pulgadas (2"), sellado encima de la losa de concreto. 4. Veredas: El concreto utilizado en las veredas tendrá una resistencia a la compresión no menor de Fc = 175 Kg./cm2, rico en pasta, y un espesor mínimo de diez centímetros (10 cm). Los paños serán perfectamente definidos por las bruñas que seguirán las líneas de la vereda existente. El mezclado del concreto a vaciar deberá realizarse de preferencia con máquina mezcladora. De optarse por mezclado manual, deberá ser realizado obligatoriamente en recipiente; en ningún caso, la mezcla se efectuará directamente sobre el pavimento y/o la vereda. 5. Sardineles: Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal modo que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel. La calidad del concreto será de Fc. = 175 Kg./ cm2. En el caso de sardineles de piedra deberá tenerse cuidado de conservar el material. Para un sardinel de quince centímetros (15 cm) de altura libre, su altura total será de cuarenta y cinco centímetros (45 cm) mínimo; su ancho en todo caso será de quince centímetros (15 cm) y su borde exterior redondeado con un radio mínimo de veinticinco milímetros (25 mm). En caso de existir

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