Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2018 (30/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Martes 30 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Cuarto. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 185-2016-CE-PJ de fecha 20 de julio de 2016, se aprobaron a partir del 1 de setiembre de 2016, los nuevos estándares de expedientes resueltos, modificándose adicionalmente los estándares de carga procesal para los órganos jurisdiccionales ubicados en las sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como, para los órganos jurisdiccionales que se encuentran fuera de la sede principal de las Cortes Superiores de Justicia del país, ubicados en las Zonas A, B y C. Quinto. Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cusco, mediante Oficio Nº 048-2015-P-CSJCU-PJ de fecha 12 de junio de 2017, en base al Informe Nº 027-2017-UPD-GADCSJCU-PJ de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de dicha Corte Superior, solicitó la creación de tres Juzgados de Paz Letrados para los Distritos de Santiago, San Sebastián y San Jerónimo, Provincia de Cusco. Posteriormente, por Oficio Nº 5197-2017-P-CSJCU-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, en ampliación a su Oficio Nº 048-2015-P-CSJCU-PJ, remitió el Informe Nº 059-2017-E-UPD-GAD-CSJCU-PJ, a través del cual la Coordinadora del Área de Estadística de la referida Corte Superior, señala que en la data estadística del Juzgado de Paz Letrado de Santiago no fueron registrados 724 expedientes en trámite y 1,351 en ejecución correspondientes al Inventario 2016, siendo regularizado dicho registro en los meses de julio y agosto del presente año, con hitos de ingresos validados por la Subgerencia de Estadística. Sexto. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco con Oficio Nº 051-2015-P-CSJCU-PJ, remitió el Informe Nº 030-2017-UPD-GAD-CSJCU-PJ de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, solicitando la creación de una segunda Sala Civil con sede en el Distrito y Provincia de Cusco, argumentando que el funcionamiento de la sala superior solicitada conllevaría a mejorar el servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables. Sétimo. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, mediante Oficio Nº 1217-2017-OPJ-CNPJCE/PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 089-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ a través del cual informó lo siguiente: a) En relación a la solicitud de creación de una segunda Sala Civil en la Provincia de Cusco, señaló que durante el año 2016, la Sala Civil Permanente de la Provincia de Cusco resolvió 1,934 expedientes principales obteniendo por ello un "Muy buen" avance de 132% respecto a su meta, por tal razón, en el año 2017 la referida Sala Superior registró una mínima "Carga Inicial" de 258 expedientes, que sumados a los 1,392 expedientes principales ingresados al mes de setiembre del 2017, generaron una carga procesal que llegó a 1,650 expedientes, de la cual, dicha Sala Superior logró resolver 1,157 expedientes, manteniendo así un muy buen nivel resolutivo del 83% respecto a la meta, siendo su carga pendiente de 489 expedientes. Asimismo, estimó que a diciembre de 2017 la carga procesal de la Sala Civil de la Provincia de Cusco llegaría a 2,111 expedientes, cifra que no superaría la carga máxima de 2,380 expedientes, establecida mediante Resolución Administrativa Nº 287-2014-CE-PJ, por lo que no se justificaría por el momento la creación de una segunda Sala Civil en la Corte Superior de Justicia del Cusco, al no evidenciarse una próxima situación de sobrecarga procesal, pero sí la reestructuración de su Cuadro para Asignación de Personal - CAP, el cual cuenta solo con doce personas. b) En relación a la solicitud de creación de tres Juzgados de Paz Letrados para los Distritos de Santiago, San Sebastián y San Jerónimo, Provincia de Cusco, remitió al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco el Oficio Nº 999-2017-OPJ-CNPJ-CE/ PJ, a través del cual se le indicó que en concordancia con lo dispuesto en el numeral 3.6, del Anexo 3, de la Directiva Nº 013-2014-CE-PJ, aprobada con Resolución Administrativa Nº 419-2014-CE-PJ, las áreas técnicas de dicha Corte Superior, dentro del propio marco de juzgados de paz letrados asignados en la Provincia de Cusco, deberán una propuesta viable debidamente sustentada,

a efecto que mediante mecanismos como la itinerancia o la ampliación de competencia territorial, entre otros, algunos de los juzgados de paz letrados asignados a los Distritos de Wanchaq y San Jerónimo puedan brindar apoyo a sus homólogos ubicados en los Distritos de San Sebastián y Santiago, a efecto de impulsar la descarga procesal generada principalmente por una mayor "Carga Inicial", proveniente de expedientes no resueltos de años anteriores. Asimismo, propuso a dicha Corte Superior ampliar el número de plazas a los Juzgados de Paz Letrados de los Distritos de San Sebastián y Santiago, en función a la reposición de las tres plazas faltantes correspondientes al 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Cusco. c) Mediante Oficio Nº 76-2017-P-CED-CSJCU/PJ, el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cusco, en mérito a las propuestas formuladas por la Oficina de Productividad Judicial y sobre la base de los Informes Nros. 053 y 058-2017-UPD-GADCSJCU-PJ, elaborados por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la citada Corte Superior, solicitó ampliar la competencia territorial del 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Wanchaq hasta el Distrito de San Sebastián para apoyar exclusivamente en la descarga procesal de la especialidad penal; y, asimismo, convertir y reubicar el Turno "B" del 6º Juzgado de Paz Letrado de la Comisaría del Cercado de Cusco en 2º Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, con la finalidad que apoye en la descarga procesal del Juzgado de Paz Letrado existente en dicho distrito, debiéndose modificar la denominación del Turno "A" del juzgado de paz letrado de comisaría en 4º Juzgado de Paz Letrado de Comisaría del Cercado de Cusco, por lo siguiente: · El 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Wanchaq que tramitan procesos de la especialidad Civil, Familia y Penal, al término del año 2016 lograron resolver en promedio 705 expedientes, obteniendo por ello un "Muy buen" avance de 101% respecto a la meta. Asimismo, al mes de setiembre del año 2017, lograron resolver en promedio 623 expedientes de una carga procesal promedio de 890 expedientes, por lo cual, en promedio obtuvieron un "Buen" avance del 73%, siendo su carga pendiente de 265 expedientes en promedio; además, dichos órganos jurisdiccionales estimaron a diciembre del año 2017 un ingreso promedio de 885 expedientes, razón por la cual evidenciarían una situación de "Subcarga" procesal frente a la carga mínima establecida en 1,560 expedientes, condición que no se modificaría al considerar que la carga procesal total llegaría a 1,098 expedientes. · El Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián que tramita procesos de la especialidad Civil, Familia y Penal, no obstante haber obtenido un "Buen" nivel resolutivo de 90% al término del año 2016, en el año 2017 registró una considerable "Carga Inicial" de 889 expedientes que representarían un 52% de los ingresos estimados a diciembre (1,699 expedientes); en ese contexto, dicho órgano jurisdiccional evidenció una situación de "Sobrecarga" procesal al registrar una carga procesal de 2,265 expedientes a setiembre del año 2017, de la cual resolvió 1,010 expedientes, obteniendo un "Muy buen" avance de 84% de la meta, siendo su carga pendiente de 1,249 expedientes, correspondiendo de los 1,376 expedientes ingresados al Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián, el 56% a la especialidad "Penal", 31% a la especialidad Familia y 13% a la especialidad Civil. · El 6º Juzgado de Paz Letrado de la Comisaría del Cercado de Cusco, que cuenta con dos jueces para los turnos "A" y "B" y tramita exclusivamente procesos por faltas de la especialidad penal, al término del año 2016, resolvió 956 expedientes principales, logrando por ello un "Buen" avance del 99% respecto a la meta. Asimismo, a setiembre del año 2017, al resolver 1,044 expedientes de una carga procesal de 1,507, obtuvo un "Muy buen" avance del 83% respecto a la meta, siendo su carga pendiente de 462 expediente, estimando que los ingresos de dicho órgano jurisdiccional llegarían a 1,373 expedientes principales a diciembre del año 2017, evidenciando una situación de "Subcarga" procesal frente a la carga mínima establecida en 1,638 expedientes, añadiendo que la carga procesal estimada en 1,702

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