Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2018 (07/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Miércoles 7 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Aprueban modificación del Cuadro de Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad - TUSNE
RESOLUCIÓN DE ALCALDIA Nº 016-2018-MSB-A San Borja, 30 de enero de 2018. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA: VISTOS, el Informe Nº 210-2017-MSB-GPV-UECT de la Unidad de Educación Cultura y Turismo de fecha 26 de diciembre de 2017; el Memorándum Nº002-2018MSB-GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano de fecha 03 de enero de 2018; el Informe Nº 317-2017-MSBGPV-UJRD de la Unidad de Juventudes, Recreación y Deportes de fecha 29 de diciembre de 2017; el Informe Nº002-2018-MSB-GM-GPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 03 de enero de 2018; el Informe Nº 004-2018-MSB-GM-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica de fecha 08 de enero de 2018; el Informe Nº 128-2017-MSB-GPV de la Gerencia de Participación Vecinal de fecha 27 de diciembre de 2017; el Informe Nº 018-2018-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 24 de enero de 2018 y el Memorándum Nº 067-2018-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 24 de enero de 2018; sobre modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE de la Municipalidad de San Borja; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972, modificada por la Ley Nº26780, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú establece, entre otros, que las Municipalidades son competentes para desarrollar y regular actividades y/o ser vicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de recursos naturales, transporte colectivo, cultura, recreación, deporte y otros, conforme a ley; Que, el artículo 42.4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, aprobado por Decreto Supremo Nº0062017-JUS, dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº151-2017MSB-A de fecha 20 de octubre de 2017 fue aprobado el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de San Borja; Que, de acuerdo con el Informe Nº028-2017-MSBGPV de fecha 27 de diciembre de 2017 de la Gerencia de Participación Vecinal y el Informe Nº 210-2017-MSB-

GPV-UECT de fecha 26 de diciembre de 2017 de la Unidad de Educación, Cultura y Turismo, solicitan que se modifique el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos en los numerales 4.2.4.1 y 4.2.4.2 número 2, referidos a los precios de la matrícula y pensión de la Cuna Municipal, así mismo, se incorpore el numeral 4.2.5 "Cuna Guardería Municipal ­ Minimundo", en atención a la Resolución Directoral Nº 8276-2017-UGEL.07 de fecha 10 de noviembre de 2017, se reconoce a la Municipalidad de San Borja como promotora de la Institución Educativa Inicial "Nido Minimundo" y con el informe Nº 317-2017-MSB-GPV-UJRD de fecha 29 de diciembre de 2017 de la Unidad de Juventudes, Recreación y Deporte, solicita el cambio de precio en los numerales 4.1.6.1 y 4.1.6.2, referidos a la Escuela de Vóley, a fin de fomentar y fortalecer esta disciplina deportiva; Que, con Memorándum Nº 002-2018-MSB-GDH la Gerencia de Desarrollo Humano sustenta la necesidad para modificar e incluir en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, nuevos servicios de talleres activos y participativos a brindar en el Centro Integral del Adulto Mayor, que implica el cambio de la numeración del Cuadro TUSNE, modificando todo el contenido del numeral 5.1.4 y sub numeral correspondiente; Que, la Gerencia de Planificación Estratégica mediante Memorándum Nº 004-2018-MSB-GM-GPE de fecha 08 de enero de 2018, alcanza la propuesta de modificación del Texto Único de Servicio no Exclusivos ­ TUSNE, según el Informe Nº 002-2018-MSB-GPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº018-2018-MSB-GM-GAJ en su análisis del marco legal precedente señala que es viable aprobar la modificación al Texto Único de Servicios no Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad de San Borja, por encontrarse conforme a lo dispuesto en el artículo 42º del texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS. Estando a lo expuesto, en concordancia a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Planificación Estratégica, Gerencia de Participación Vecinal, y Gerencia Municipal; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Cuadro de Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de San Borja- TUSNE, aprobada por Resolución de Alcaldía Nº 151-2017-MSB-A, incluyéndose los precios de los servicios Cuna Municipal, Cuna Guardería Municipal ­ Minimundo y Escuela de Vóley, correspondientes a la Gerencia de Participación Vecinal ­ Unidad de Juventudes, Recreación y Deportes ­ Unidad de Educación, Cultura y Turismo, y Centro Integral del Adulto Mayor de la Gerencia de Desarrollo Humano, de acuerdo al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y su anexo en el Portal de Transparencia Institucional www.munisanborja.com.pe, del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, así como encargar a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión en el distrito. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde

MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO 04 GERENCIA DE PARTICIPACIÓN VECINAL 04.01 UNIDAD DE JUVENTUDES, RECREACIÓN Y DEPORTE 4.1.6 Escuela de Vóley 4.1.6.1 Residentes de San Borja Limatambo: Pago del servicio (mensual) S/ 65.00 REQUISITOS PRECIO

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