Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2018 (10/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 10 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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cinco (45) días, contados a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 2º.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza y establecer la prórroga de la misma. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Sub Gerencia de Estadística e Informática y demás órganos en línea de la Municipalidad el cumplimento de la presente ordenanza, así como a la Gerencia de Comunicaciones, la difusión de la presente ordenanza a la comunidad. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Comunicaciones su difusión y a la Subgerencia de Informática y Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad: www. munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISSON OYAGUE Alcalde de Magdalena del Mar 1613369-1

Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8º del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Sub Gerencia de Registros Civiles; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 054-2017-MDMM Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero de la Ordenanza Nº 054-2017-MDMM, quedando redactada de la siguiente manera: "Autorícese la celebración del primer matrimonio civil comunitario en el mes de febrero de 2018 y el segundo matrimonio civil y religioso comunitario en el mes de julio de 2018" Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la misma en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena. gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob. pe; y a la Gerencia de Comunicaciones su difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISSON OYAGUE Alcalde de Magdalena del Mar 1613412-1

Modifican la Ordenanza Nº 054-2017MDMM, respecto a la celebración del primer matrimonio civil comunitario en el mes de febrero de 2018 y el segundo matrimonio civil y religioso comunitario en el mes de julio de 2018
ORDENANZA Nº 006-2018-MDMM Magdalena del Mar, 29 de enero de 2018 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 02 de la fecha, y; VISTOS:

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Autorizan descanso físico vacacional del Alcalde y encargan el Despacho de la Alcaldía al Teniente Alcalde
ACUERDO DE CONCEJO N° 09-2018-ACSS Santiago de Surco, 31 de enero del 2018 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:

El Informe Nº 004-18-SGRRCC-SG/MDMM de la Subgerencia de Registros Civiles, y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, las municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades dentro de su política de tratamiento social con su comunidad, brindan facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil, mediante la celebración del matrimonio comunitario y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como célula básica de la sociedad; Que, mediante el documento del visto, la Subgerencia de Registros Civiles manifiesta que resulta necesario considerar la prórroga de lo establecido en la Ordenanza Nº 054-2017-MDMM respecto a la presentación de expediente matrimonial para la realización del primer Matrimonio Civil Comunitario; Que, mediante Acuerdo de Concejo pasó a la orden del día el pedido del señor regidor Juan Carlos Adriazola Casas respecto a la modificatoria del plazo contenido en el artículo primero de la ordenanza en mención.

El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El pedido del Alcalde señor Roberto Hipólito Gómez Baca, solicitando su descanso físico vacacional del 12 de febrero al 11 de marzo del 2018, y de ser necesario ausentarse del país durante este período; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 52º de la Ordenanza Nº 454-MSS que aprueba el Reglamento Interno de Concejo, que: "Sin perjuicio de los pedidos que pudiesen formular por escrito ante la Secretaría General, en esta estación el Alcalde y los Regidores podrán formular en forma concisa los pedidos que estimen pertinentes, con una intervención máxima de tres (3) minutos por cada pedido. El Alcalde dispondrá el trámite que se debe dar a cada uno de ellos; si por la urgencia del pedido se hace necesario el inmediato pronunciamiento del Concejo, el Alcalde someterá necesariamente al voto de los miembros del Concejo que el pedido pase a la Orden del Día, estación en la que recién se producirá su fundamentación y debate";

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