Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2018 (10/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Sábado 10 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/ RENIEC (31MAY2016), la Gerencia de Registro Electoral es el órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las actividades de naturaleza electoral, derivadas de las competencias que sobre esta materia señala la Constitución Política y la Ley, así como aquellas que sean materia de acuerdo entre los organismos que conforman el Sistema Electoral; Que en ese contexto, mediante documentos de vistos la Gerencia de Registro Electoral señala que la Sub Gerencia de Gestión de Base de Datos de la Gerencia de Tecnología de la Información, ha remitido la información de 756 menores de edad que registrados en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN) no cuentan con Código de Ubicación Geográfica ­ UBIGEO, debidamente registrado y, por lo tanto, deberá ser verificado y actualizado en el distrito que corresponda, de los cuales 169 deberán ser incluidos en el Padrón Electoral; Que la situación descrita en el sexto considerando, lesionaría el derecho constitucional que tiene todo ciudadano de elegir y ser elegido, derecho que se encuentra reconocido en los numerales 2°, numeral 17° y 31° de nuestra Constitución Política, por cuanto los referidos ciudadanos no formarían parte del Padrón Electoral y por tanto no podrían ejercer su derecho al sufragio en el próximo proceso electoral Elecciones Regionales y Municipales a realizarse el 07 de octubre de 2018; Que el sufragio es la base de la organización del poder en el Estado, consistente en el derecho político que tienen las personas de participar en el poder como elector y elegido, facultad (de elegir y ser elegido) que, jurídicamente tiene categoría de un derecho público subjetivo de naturaleza política; Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC forma parte del Sistema Electoral no sólo porque elabora el Padrón Electoral sobre la base del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, sino básicamente porque otorga el único documento que tiene la naturaleza de título de sufragio y permite materializar este derecho; Que en salvaguarda del ejercicio pleno del derecho de sufragio reconocido en los artículos 2°, numeral 17 y 31° de la Carta Magna, del deber del Estado de garantizar la plena vigencia de los derechos constitucionales; y de establecer y ejecutar la política de fronteras para promover la integración social, así como también el desarrollo y la cohesión de las zonas de frontera, en concordancia con la política exterior, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44° de la Constitución Política; la Alta Dirección dispone se emita el acto resolutivo que disponga el cambio oficioso del ubigeo en el Registro Único de Identificación de Personas Naturales (RUIPN), y posterior emisión y entrega gratuita de los nuevos DNI a las personas residentes en los distritos de Putumayo y Teniente Manuel Clavero, ubicados en la provincia de Putumayo, departamento de Loreto; Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto mediante los documentos de vistos, considera que resulta factible "continuar la actualización del Código de Ubicación Geográfica (UBIGEO) de los 756 ciudadanos menores de edad, con domicilio declarado en los distritos de Putumayo y Teniente Manuel Clavero, en la provincia de Putumayo en el departamento de Loreto, según los distritos que correspondan." lo que asimismo "serán factibles de ser financiados con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Institución en el presente año, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios." Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016), y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Artículo Primero.- Disponer la actualización de oficio del Código de Ubicación Geográfica ­ UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, de las personas a que se refiere el sexto considerando de la presente resolución jefatural residentes en el distrito de Putumayo y Teniente Manuel Clavero, de la provincia de Putumayo, del departamento de Loreto, creados por Ley N° 30186. Artículo Segundo.- Autorizar de manera excepcional, la entrega del Documento Nacional de Identidad de las personas a que se refiere el sexto considerando de la presente resolución jefatural residentes en el distrito de Putumayo y Teniente Manuel Clavero de la provincia de Putumayo, del departamento de Loreto, creados por Ley N° 30186; a cargo de la Gerencia de Operaciones Registrales, Gerencia de Registro Electoral y Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, respectivamente. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias Registro Electoral, de Operaciones Registrales, de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Tecnología de la Información, de Planificación y Presupuesto y de Registro de Identificación. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1615784-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ordenanza que fija el calendario de pagos tributarios e incentivo por pronto pago correspondiente al Ejercicio 2018
ORDENANZA N° 273-MDC Cieneguilla, 19 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo, de la fecha, el Informe Nº 10-2018-MDC/GATR, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Proveído N°008-2018-MDC/GM de la Gerencia Municipal e Informe N° 15-2018-MDC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo establecido en el artículo 40º de Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por UNANIMIDAD de los señores regidores del Concejo Municipal, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA EL CALENDARIO DE PAGOS TRIBUTARIOS E INCENTIVO POR PRONTO PAGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2018 CALENDARIO Artículo Primero.- FECHA DE VENCIMIENTO Las fechas de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales serán las siguientes:

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