Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 24 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Mariela Patricia Bejar Castañeda, Secretaria de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 26 al 27 de febrero de 2018; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos serán con cargo al Pliego Presupuestal 001: Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 003-Secretaría General, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 370.00 x 2) : US$ 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a la exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1620028-7

Autorizan viaje de Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI a Papúa Nueva Guinea, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 038-2018-PCM Lima, 23 de febrero de 2018 VISTA: La Carta Nº 106-2018/PRE-INDECOPI, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1033 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI; el INDECOPI es un organismo público especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros que tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores, además de fomentar en la economía peruana una cultura de leal y honesta competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificatorias; el INDECOPI tiene entre sus funciones defender la libre y leal competencia, sancionando las conductas anticompetitivas y desleales, procurando que en los mercados exista una competencia efectiva, así como corrigiendo las distorsiones en el mercado provocadas por el daño derivado de las prácticas de dumping y subsidios; así como proteger los derechos de los consumidores, vigilando que la información en los mercados sea correcta, asegurando la idoneidad de los bienes y servicios en función de la información brindada y evitando la discriminación en las relaciones de consumo,

y los derechos de la propiedad intelectual en todas sus manifestaciones; Que, uno de los objetivos específicos de la Política Exterior del Perú es la promoción de los intereses nacionales en el contexto internacional, por lo que resulta conveniente consolidar la participación peruana en foros, conferencias y eventos internacionales, como mecanismos de diálogo y cooperación orientados al fortalecimiento regional en los escenarios político, económico, social y cultural; Que, el Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) está compuesto por 21 economías: Australia, Brunei Darussalam, Canadá, Chile, China, Hong Kong, Indonesia, Japón, Corea, Malasia, México, Nueva Zelanda, Papua Nueva Guinea, Perú, Filipinas, Rusia, Singapur; Taipei Chino, Tailandia, Estados Unidos y Vietnam; y, tiene como principal objetivo apoyar el crecimiento económico sostenible y la prosperidad en la región de Asia y el Pacífico. Asimismo, el APEC trabaja sobre tres pilares: liberalización del comercio e inversiones; facilitación de comercio e inversión; y, cooperación técnica y económica; Que, debido a la reducción de los aranceles, la atención se ha enfocado en los obstáculos estructurales que reducen la inversión y el comercio transfronterizo, siendo que la función del Comité Económico (EC) del APEC es buscar la eliminación de dicho obstáculos para promover la reforma estructural dentro del APEC; Que, el Grupo de Política y Ley de Competencia (CPLG), forma parte del Comité Económico (CE) del APEC, y trabaja en promover la comprensión de las políticas y leyes de competencia regional, examinar sus efectos sobre los flujos comerciales y de inversión, identificando áreas de cooperación técnica y de fortalecimiento de capacidades entre las economías miembro; Que, mediante comunicación electrónica de fecha 04 de febrero del 2018, la Secretaria de APEC cursó invitación al INDECOPI, a fin de contar con la participación de sus representantes en la Reunión Plenaria del Grupo de Política y Ley de Competencia (CPLG), que se llevará a cabo el día 03 de marzo de 2018, así como en la Reunión Plenaria del Comité Económico (EC), que se llevará a cabo del 05 al 06 de marzo de 2018; en la ciudad de Port Moresby, Estado Independiente de Papua Nueva Guinea; Que, durante el año 2016 y 2017, el INDECOPI asumió la Presidencia del Grupo de Política y Ley de Competencia (CPLG); correspondiendo que el presente año realice la entrega del cargo a quien asumirá la Presidencia del citado Gripo en el período 2018 y 2019; Que, teniendo en consideración que la temática que se abordará en la Reunión Plenaria del Grupo de Política y Ley de Competencia (CPLG), y en la Reunión Plenaria del Comité Económico (EC) del APEC, se encuentra directamente relacionada con las competencias y funciones del INDECOPI; resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Jesús Eloy Espinoza Lozada, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a la ciudad de Puerto Moresby, Estado Independiente de Papua Nueva Guinea, a fin que participe en ambos eventos; Que, asimismo, resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior del señor Jesús Eloy Espinoza Lozada, debido a que en su condición de Presidente del Grupo de Política y Ley de Competencia (CPLG); debe hacer la entrega de su cargo a quien asumirá la Presidencia de dicho Grupo; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por el INDECOPI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;

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