Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de febrero de 2018 /

El Peruano

producción orgánica, disponiéndose en su artículo 6 que dicho Consejo es presidido por el Ministro de Agricultura y Riego; Que, por razones propias del Despacho, el Ministro puede delegar las facultades del Presidente del CONAPO en un funcionario del Ministerio, por tratarse de facultades y atribuciones que no son privativas a su función, como acontece en el presente caso, atendiendo a lo establecido en el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, concordante con el último párrafo del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por el artículo 6 de la Ley N° 30048; Que, por Decreto Supremo N° 010-2012-AG, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica, el cual en su artículo 7 señala que el CONAPO es presidido por el Ministro de Agricultura, ahora Ministro de Agricultura y Riego, e integrado entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura y Riego, y en los artículos 9 y 11 disponen que cada integrante del CONAPO designará un representante titular y un alterno, cuyo período de representación es de dos (02) años, y serán designados por el titular de la entidad; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0630-2014-MINAGRI, de fecha 17 de noviembre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 del mismo mes y año, se resolvió "Delegar en el Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Ministerio de Agricultura y Riego, las facultades del Presidente del Consejo Nacional de Productos Orgánicos en el marco de lo establecido en la Ley N° 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica (ACONAPO), y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2010-AG"; Que, mediante el artículo 4 de la mencionada Resolución Ministerial N° 0630-2014-MINAGRI, se designó al Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria, como representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos­ CONAPO, creado por la Ley N° 29196; Que, asimismo, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0025-2016-MINAGRI, de fecha 3 de febrero de 2016, se designó al Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria­SENASA, como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos ­ CONAPO; Que, en consecuencia, corresponde ratificar la delegación en el Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, las facultades del Presidente del Consejo Nacional de Productos Orgánicos, dispuesto en el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0630-2014-MINAGRI, en el marco de lo establecido en la Ley N° 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica­CONAPO, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2012-AG; Que, asimismo, se debe ratificar y dejar subsistente la designación del Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria, como representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos­CONAPO, creado por la Ley N° 29196, dispuesto en el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 0630-2014-MINAGRI; así como también del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos­CONAPO, dispuesto por el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0025-2016-MINAGRI, de fecha 03 de febrero de 2016; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, modificado, entre otros, por el Decreto Supremo N° 001-2017-MINAGRI y la Ley N° 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ratificar la delegación dispuesta en el artículo 3 de la Resolución Ministerial N°

0630-2014-MINAGRI, del Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, como Presidente del Consejo Nacional de Productos Orgánicos­ CONAPO. Artículo 2.- Ratificar la designación dispuesta en el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 0630-2014-MINAGRI, del Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria, como representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos­CONAPO. Artículo 3.- Ratificar la designación dispuesta por el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0025-2016-MINAGRI, del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos­CONAPO. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución al funcionario delegado y a los funcionarios representantes ratificados, para conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA Ministro de Agricultura y Riego 1619736-6

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación Provisional CAPProvisional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0092-2018-MINAGRI Lima, 23 de febrero de 2018 VISTO: El Oficio N° 174-2018-MINAGRI-SG/OGPP-ODOM, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sobre la propuesta de reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego, presentada por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego en el cual se establece su estructura orgánica y funciones; Que, por Decreto Supremo N° 001-2018-MINAGRI, se modifica el Reglamento de Organización y Funciones, a efectos de incorporar dos unidades orgánicas a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 561-2014-MINAGRI, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego, el mismo que fue reordenado mediante Resolución Ministerial N° 0389-2017-MINAGRI; Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la versión actualizada de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", Que, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la versión actualizada de la precitada Directiva, señala que las Entidades del Sector Público pueden realizar un reordenamiento de cargos contenidos en el CAP, el mismo que se puede generar por el cambio en los campos "Nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del presente anexo, estableciendo además que el reordenamiento de cargos contenidos

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