Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 24 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0218-2018-DE/FAPLima, 21 de febrero de 2018 Visto, el Acta de Acuerdo de la XV Reunión Bilateral entre el Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina y el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú de fecha 12 de Junio de 2017, la Carta de fecha 09 de octubre de 2017 del Director de Políticas y Relaciones Internacionales del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina y el Oficio NC35-COA7-Nº 0319 de fecha 05 de febrero de 2018 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en la Actividad 2 del Anexo Alfa del Acta de Acuerdo de la XV Reunión Bilateral entre el Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina y el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, de fecha 12 de junio de 2017, se acuerda la participación de un Oficial en el "Intercambio de Oficiales Instructores de Fuerzas Especiales", que se realizará durante el año 2018, por un periodo de 9 meses, en la República de Argentina; Que, con la Carta de fecha 09 de octubre de 2017, el Director de Políticas y Relaciones Internacionales del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina, hace extensiva la invitación para que un (01) Oficial Instructor participe en la actividad citada en el considerando precedente, la misma que se realizará en la VII Brigada Aérea ­ Moreno, ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina, del 01 de marzo al 01 de diciembre de 2018; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva; para que participe en el "Intercambio de Oficiales Instructores de Fuerzas Especiales", que se realizará en la VII Brigada Aérea ­ Moreno, ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina, del 01 de marzo al 01 de diciembre de 2018; por cuanto, permitirá que el personal designado, obtenga conocimientos sobre el planeamiento y ejecución de operaciones especiales aéreas y de los cursos de entrenamiento que realiza la Fuerza Aérea Argentina; la misma que redundará en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, en referido evento resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-Nº 0021 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 12 de febrero de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales, Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y gastos de traslado de ida y vuelta, que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento,

pasajes, Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y gastos de traslado de ida y vuelta, de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el "Intercambio de Oficiales Instructores de Fuerzas Especiales", que se realizará en la VII Brigada Aérea ­ Moreno, ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina, del 01 de marzo al 01 de diciembre de 2018; así como, su salida del país el 28 de febrero de 2018 y retorno el 02 de diciembre de 2018:
TITULAR: Mayor FAP NSA: O-9682998 LUIS ALBERTO PAJUELO NARANJO DNI: 43340712

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