Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de febrero de 2018 /

El Peruano

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- El profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular del Sector un informe sobre las actividades y resultados de su participación, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA Ministro de Agricultura y Riego 1619736-3

Autorizan viaje de especialista del Ministerio a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0089-2018-MINAGRI Lima, 23 de febrero de 2018 VISTOS: El OF.RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/10 y el OF.RE (DGA) N° 22-6-BB/13 de fechas 26 enero y 01 de febrero de 2018, de la Ministra de Relaciones Exteriores, y del Director General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, con los documentos del Visto, se pone en conocimiento del Ministerio de Agricultura y Riego, la realización del Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional de Ministros Perú ­ Colombia, el próximo 27 de febrero de 2018, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia. Dicho Evento estará precedido de reuniones preparatorias de carácter técnico que tendrán lugar el 26 de febrero de 2018 en la misma ciudad de Cartagena de Indias; Que, la relación Perú - Colombia se basa en intereses compartidos, que es conveniente desarrollar a través de una agenda de trabajo común. Ambos países se proyectan al mundo a través de espacios de integración subregional y regional comunes, como la Comunidad Andina ­ CAN, la Unión de Naciones Suramericanas ­ UNASUR y la Alianza del Pacífico, buscando potenciar sus capacidades para impulsar el desarrollo social y comercio; Que, con la finalidad de dinamizar la agenda bilateral, desde el año 2014, se vienen celebrando Gabinetes Binacionales de Ministros, como un mecanismo de coordinación político-diplomático al más alto nivel, con el objetivo de fortalecer la integración y cooperación bilateral en los ámbitos de mayor importancia para ambos países, por lo que los mandatarios de Perú y Colombia acordaron que la reunión de IV Gabinete Binacional de Ministros se lleve a cabo en Colombia; Que, en atención a las consideraciones expresadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje del abogado Pedro José Tomas Flores Álvarez, Especialista en Cooperación Internacional de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, para participar en las reuniones técnicas del Gabinete Binacional Perú ­ Colombia, del 25 al 27 de febrero de 2018; Que, mediante comunicación electrónica de fecha 07 de febrero de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores hizo de conocimiento del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, que ha efectuado las gestiones para que un (01) funcionario de cada sector pueda viajar en el avión de la Fuerza Aérea del Perú, que transportará a la Comitiva de Avanzada del Despacho Presidencial, permitiendo aminorar los costos de la participación en dicho Evento Binacional, designándose, para hacer uso de ese

cupo, al abogado Pedro José Tomas Flores Álvarez, Especialista en Cooperación Internacional de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, acreditado ante el Director General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Oficio N° 15-2018-MINAGRI-DVPA; Que los gastos por concepto de viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, el viaje del señor Pedro José Tomas Flores Álvarez, Especialista en Cooperación Internacional de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 25 al 27 de Febrero del 2018, por los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término de los eventos a desarrollarse, de acuerdo al siguiente detalle: PEDRO JOSÉ TOMAS FLORES ÁLVAREZ: Viáticos TOTAL US$ US$ 1,110.00 1,110.00

Artículo 3.- El Especialista cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las actividades y resultados de su participación, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Artículo 4.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA Ministro de Agricultura y Riego 1619736-4

Autorizan viaje de funcionario de la Dirección General de Politicas Agrarias a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0090-2018-MINAGRI Lima, 23 de febrero de 2018

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