Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

48

NORMAS LEGALES

Sábado 24 de febrero de 2018 /

El Peruano

ha dispuesto el trámite para que la señora NADIME MARITZA ALVAREZ DEL VILLAR REINOSO, Directora II de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, participe en el mencionado evento y asesore en las reuniones técnicas a la Titular de este Sector; asimismo, señala que dicha participación permitirá dinamizar la agenda común entre ambos países, armonizando las políticas bilaterales e impulsando la cooperación a través de trabajos conjuntos en beneficio de las poblaciones vulnerables. Además, se precisa que los gastos de viáticos serán asumidos con cargo a los recursos presupuestales asignados al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, norma que en los literales d), e) y l) de su artículo 5 establece como ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la prevención, protección y atención de la violencia contra la mujer y la familia, promoviendo la recuperación de las personas afectadas; la promoción y protección de poblaciones vulnerables; y, el seguimiento al cumplimiento de los compromisos, tratados, programas y plataformas de acción materia de sus competencias; Que, en tal sentido, dada la importancia del referido evento para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participación de la señora NADIME MARITZA ALVAREZ DEL VILLAR REINOSO, Directora II de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que establece disposiciones sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012MIMP y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora NADIME MARITZA ALVAREZ DEL VILLAR REINOSO, Directora II de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 25 al 27 de febrero de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectúan con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (1 + 2 días) : US $ 1 110.00

Autorizan viaje de Directora General de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2018-MIMP Lima, 23 de febrero de 2018 VISTO: El Informe N° 08-2018-MIMP/OCIN de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 28-2018MIMP/DGIGND-DPDAEM de la Dirección de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° 115/2017 del 28 de diciembre de 2017, el Ministro Consejero y Encargado de Negocios a.i. de la Embajada de Chile en el Perú, hace de conocimiento de la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables la Carta de la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género de Chile a través de la cual se le comunica de la realización del IV Foro Global: Empresas por la Igualdad de Género, a llevarse a cabo los días 27 y 28 de febrero de 2018 en la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, asimismo, la citada Carta indica que el objetivo general del Foro es aportar al debate y generar compromisos sobre los desafíos ineludibles que tienen el Estado, las empresas y las organizaciones sindicales con el logro de la Agenda 2030 en la promoción del ejercicio de derechos y la autonomía económica de las mujeres; Que, mediante Informe N° 028-2018-MIMP/DGIGNDDPDAEM del 14 de febrero de 2018, la Dirección de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres ha manifestado que los temas a tratarse en el mencionado evento son del interés del Estado y el gobierno peruano a fin de promover la alianza del sector público y el sector privado empresarial en igualdad de género en el ámbito laboral, recomendando la participación de un/a representante del Sector en el referido Foro; Que, mediante el Informe N° 08-2018-MIMP/OCIN del 16 de febrero de 2018, la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto da cuenta que la Alta Dirección del MIMP ha dispuesto el trámite para que la señora KAREN GUILIANA SUAREZ RAMIREZ, Directora General de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, participe en el mencionado evento; asimismo, señala que dicha participación permitirá compartir experiencias y lecciones para superar las desigualdades de género en el mundo empresarial, así como promover el rol que viene realizando este Sector en la promoción y protección de los derechos de las mujeres. Además, se precisa que los gastos de pasajes aéreos serán asumidos por el Estado peruano; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, norma que en los literales a), b) y c) de su artículo 5 establece como ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género en las instituciones públicas y privadas, políticas, planes, programas y proyectos del Estado, la protección de los derechos de las mujeres, la promoción de los derechos de las mujeres con especial énfasis en: (i) Fortalecimiento de la ciudadanía y autonomía de las mujeres, con independencia de su edad, etnia y condición; (ii) Igualdad de oportunidades para las mujeres; y, (iii) Promoción de la ampliación de la participación de las mujeres en el ámbito público; Que, en tal sentido, dada la importancia del referido evento para los objetivos y metas sectoriales, resulta

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a la realización del viaje, la citada servidora debe presentar ante la Titular del Pliego un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por viáticos entregados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1619570-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.