Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 24 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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30 de noviembre del 2016, que como anexo forma parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Directoral y su anexo en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional https://www.dicapi.mil.pe Artículo 4.- La presente Resolución Directoral entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" Regístrese y Publíquese como Documento Oficial Público (D.O.P.) MANUEL VÁSCONES MOREY Director General de Capitanías y Guardacostas 1619240-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Autorizan viaje de profesional a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2018-MIDIS Lima, 22 de febrero de 2018 VISTOS: Los Memorandos Nº 054-2018-MIDIS/SG/OGCAI; Nº 050-2018-MIDIS/SG/OGCAI y Nº 046-2018-MIDIS/SG/ OGCAI, emitidos por la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y el Informe Nº 102-2018-MIDIS/SG/ OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, establece, entre otros, que la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, mediante Of.RE (DGA-SUN) Nº 22-6-BB/10, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa al Despacho Ministerial sobre la realización del Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Colombia, a realizarse el 27 de febrero de 2018 y que será precedido de reuniones preparatorias de carácter técnico que tendrán lugar el día 26 de febrero; Que, el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú ­ Colombia, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, constituye el mecanismo de integración binacional de Alto Nivel que busca desarrollar una agenda binacional en beneficio de las poblaciones vulnerables en las zonas de frontera peruano ­ colombiana. Las reuniones técnicas preparatorias se desarrollan un día previo al Encuentro Presidencial y la coordinación de este mecanismo se encuentra a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, existe un interés institucional en relación al referido evento en tanto que éste permitirá a nuestro Sector intercambiar experiencias e información con el Departamento para la Prosperidad Social de Colombia, habiéndose identificado que la experiencia colombiana sobre inclusión financiera podría aportar a los diversos esfuerzos y al desarrollo de herramientas en las que el Perú viene trabajando para que la población beneficiaria de los programas sociales sea incluida financieramente y así contribuir tanto a su desarrollo personal como al de sus respectivos hogares;

Que, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, considera relevante la participación activa de este Ministerio en el citado mecanismo de cooperación internacional; por cuanto resulta fundamental para contribuir al fortalecimiento de las iniciativas presentadas por las áreas técnicas en el marco de la cooperación en materia de educación e inclusión financiera, adulto mayor y sistema de focalización; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 052-2018-MIDIS, se autoriza la participación del señor Rafael Arribas Velasco, Jefe (e) de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, en las reuniones técnicas y en el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú ­ Colombia, a realizarse el 26 y 27 de febrero de 2018 en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia. Que, atendiendo a la comunicación realizada mediante los documentos del visto, corresponde autorizar el viaje de la señorita CECILIA MIÑANO BARREDA, profesional de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, responsable de la Carpeta País Colombia, a efectos de que preste apoyo en las coordinaciones intersectoriales entre ambos países y coadyuve con las labores a realizar en las reuniones técnicas previas del citado Gabinete Binacional; Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señorita CECILIA MIÑANO BARREDA, profesional de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, a fin que participe en los eventos mencionados del 25 al 27 de febrero de 2018, conforme al itinerario de vuelo; Que, los gastos por concepto de viáticos durante los días 25, 26 y 27 de febrero de 2018, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios de la señorita CECILIA MIÑANO BARREDA, profesional de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, responsable de la Carpeta País Colombia a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 25 al 27 de febrero de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución ministerial serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 370,00 x día) x 3 días : US $ 1,110.00 Artículo 3.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Articulo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona autorizada a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución deberá presentar, ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el referido viaje. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ CELIS Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 1619742-1

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