Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 24 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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las normas sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento; Que, conforme a la Hoja de Gastos de fecha 09 de febrero de 2018, emitida por la Directora de Planificación y Presupuesto de CONIDA, los gastos derivados de conceptos de pasajes aéreos internacionales y viáticos que ocasione el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 006: Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, de conformidad con el inciso a) y b) del artículo 10º y el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando conforme a lo propuesto por el Jefe Institucional de CONIDA, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Mayor General FAP Carlos David CABALLERO LEÓN, identificado con DNI Nº 43360309, del Comandante FAP Joe VALDIVIA LIRA, identificado con DNI Nº 30835062 y del Ingeniero Gustavo HENRÍQUEZ CAMACHO, identificado con DNI Nº 25706827, para que participen en las actividades programadas en la Sede de la CONAE en Buenos Aires, el Centro Espacial Teófilo Tabanera en la Provincia de Cordova y a las instalaciones de INVAP S.E. en San Carlos de Bariloche en la Provincia de Río Negro, a llevarse a cabo del 26 de febrero al 02 de marzo de 2018 en la República Argentina; autorizando su salida del país el día 24 de febrero de 2018 y su retorno al país el día 03 de marzo de 2018. Artículo 2.- La Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos Internacionales: Lima - Argentina (Buenos Aires-Córdova - Río Negro) Lima US$ 2,064.56 x 3 personas = US$ 6,193.68 Viáticos: US$ 370.00 x 3 personas x 5 días = US$ 5,550.00 --------------------Total a pagar = US$ 11,743.68

Aprueban el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2018" del Sector Defensa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0241-2018-DE/SG Jesús María, 23 de febrero de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 306-2018-MINDEF/VRD/DGPP/D/01 del 16 de febrero de 2018 del Director General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 75-2018-MINDEF/VRD/ DGPP/DIPP, del Director de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, de acuerdo al numeral 1 del literal a) del artículo 6 de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, corresponde a los sectores proponer al Consejo Nacional de Descentralización los Planes Anuales de Transferencia de los sectores hasta el último día del mes de febrero de cada año; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva Nº 005-CND-P-2005 "Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales", aprobada mediante Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005, dispone que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, de fecha 20 de febrero de 2016, se adscribió el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI al Ministerio de Defensa; y por Decreto Supremo Nº 018-2017-PCM, de fecha 16 de febrero de 2017, se adscribió el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED al Ministerio de Defensa; Que, a partir de la adscripción de INDECI y CENEPRED, instituciones que forman parte del SINAGERD, el sector cuenta con instituciones que participan del proceso de descentralización. Que, de acuerdo al Informe Nº 75-2017-MINDEF/VRD/ DGPP/DIPP de vistos, a la fecha INDECI y CENEPRED no tienen funciones pendientes de transferir; no obstante, para asegurar el mejor ejercicio de las funciones en los Gobiernos Regionales y Locales, se requiere fortalecer sus capacidades en las materias competentes a INDECI y CENEPRED; Que, con la finalidad de mejorar la articulación y el ejercicio de las funciones en Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de gobierno, resulta pertinente aprobar el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2018" del Ministerio de Defensa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0062016-DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales

Artículo 3.- El personal autorizado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular del Sector, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo debe efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1619584-1

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