Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Sábado 24 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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de fecha 14 de febrero de 2018, de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, el Informe N° 000571-2018/IN/OGAJ, de fecha 20 de febrero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/09, de fecha 29 de enero de 2018, complementado con el OF. RE (DGA) N° 22-6-BB/13, de fecha 1 de febrero de 2018, la Dirección General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú hace de conocimiento de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, que los Gobiernos de la República del Perú y de la República de Colombia han acordado realizar el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional de Ministros el 27 de febrero de 2018, en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia, precisando que el 26 de febrero de 2018 se llevarán a cabo reuniones preparatorias de carácter técnico; Que, a través del Memorando N° 04-2018-MIGRACIONES, de fecha 5 de febrero de 2018, la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES estima conveniente designar al señor Luis Fernando Moreno Berríos, Gerente de la Gerencia de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, a fin que participe en el citado evento; Que, mediante Informe N° 000098-2018-AJMIGRACIONES, de fecha 13 de febrero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Informe N° 000023-2018-PM/MIGRACIONES, de fecha 22 de febrero de 2018, de la Gerencia de Política Migratoria, de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, se estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del señor Luis Fernando Moreno Berríos, Gerente de la Gerencia de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, para que asista en el mencionado encuentro, a realizarse en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia, del 25 al 28 de febrero de 2018, toda vez que dicho órgano viene realizando las coordinaciones correspondientes y el seguimiento del estado de cumplimiento de los compromisos acordados en los anteriores Gabinetes Binacionales, y que serán consensuados en las reuniones de las Mesas Técnicas del IV Gabinete Perú Colombia, en el eje temático de asuntos fronterizos y migratorios; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado comisionado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluida la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme lo precisa el Memorando N° 000367-2018-PP-MIGRACIONES, de fecha 13 de febrero de 2018, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la

República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, asimismo, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial El Peruano; Con la visación de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN y su modificatoria por Decreto Supremo N° 008-2014-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Luis Fernando Moreno Berríos, Gerente de la Gerencia de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del 25 al 28 de febrero de 2018, al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos Pasajes aéreos Importe US$ Días 370.00 X 3 X 890.20 X X Pers. 1 1 = = Total US$ 1,110.00 890.20

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el comisionado a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1619914-1

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