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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2018 (12/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Jueves 12 de julio de 2018 / El Peruano municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de acuerdo al Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, con la Ordenanza Nº645-2018-MDEA, se aprueba la Regularización de aquellas edi fi caciones efectuadas sin la correspondiente Licencia de Construcción, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 29090, 29300, 29476, 29898 y 30494, el D.S. Nº 011-2017-VIVIENDA, otorgando mayor fl exibilidad de manera temporal en cuanto a los requisitos y procedimientos que deben de seguir los propietarios, poseedores de los inmuebles dentro del distrito de El Agustino, permitiendo para ello la reducción de multas y derechos sobre las edi fi caciones que se acojan a la presente ordenanza. Que, con informe Nº648-2018-SGCU-GDU-MDEA, la Sub Gerencia de Control Urbano, a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, indica que debido que la Ordenanza Nº645-2018-MDEA, a la fecha no ha bene fi ciado en su totalidad a la población del distrito de El Agustino, solicitan Ampliación respecto a la reducción de la Multa Normativa (Art. 78º literal “j” del D.S. Nº 011-2017-VIVIENDA) que fi ja en 10% del valor de obra al siguiente valor: Multa a las modalidades A y B (0% del valor de la Obra), hasta el cese de la Ordenanza Nº645-2018-MDEA. Que, mediante Informe Nº076-2018-GAJ/MDEA, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de lo solicitado por la Gerencia de Desarrollo Urbano referente a la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº645-2018-MDEA, para lo cual deberá emitirse un Decreto de Alcaldía que amplíe los plazos de la Ordenanza a propuesta de la Gerencia de Desarrollo Urbana. Que, en la Ordenanza Nº645-2018-MDEA, Disposiciones Finales - Tercer Párrafo, indica que se faculta al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar las prórrogas de su vigencia conforme a sus atribuciones. Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 20º, inciso 6; 39º y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de setiembre del 2018, la multa de las modalidades A y B (0% del valor de la obra), establecida en la Ordenanza Nº645-2018-MDEA la misma que otorga bene fi cios de regularización de edi fi caciones sin licencia de obra en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Artículo Segundo.- El Presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Control Urbano el estricto cumplimiento del presente decreto y, a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www. mdea.gob.pe), y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la correspondiente difusión masiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1668771-1MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Amplían vigencia de la Ordenanza N° 349- 2016-MDI, que dispone reducción de multa y tolerancia en los parámetros urbanísticos para el procedimiento de regularización de Licencia de Edificación ORDENANZA Nº 000377-2018-MDI Independencia, 28 de mayo del 2018EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO:En Sesión Ordinaria de la fecha, Informe Nº 24-2018-GDU-MDI de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe Legal Nº 145-2018-GAL-MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando Nº 1000-2018-GM-MDI de la Gerencia Municipal, sobre la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº 349-2016-MDI, y; CONSIDERANDO:Que conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 - los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Ordenanza Nº 349-2016-MDI se aprueba la Ordenanza de “Reducción de multa y tolerancias en los parámetros urbanísticos para el Procedimiento de Regularización de licencia de edi fi cación”, la cual tiene vigencia hasta el 25.09.2017. Que, mediante la Ordenanza Nº 367-2017-MDI se aprueba la vigencia de la Ordenanza Nº 349-2016-MDI hasta el 23.05.2018. Que, mediante Informe Nº 24-2018-GDU-MDI de fecha 07 de mayo de 2018, la Gerencia de Desarrollo Urbano concluye que al no cumplirse con las expectativas sobre el acogimiento de la Ordenanza 349-2016-MDI, considera ampliar la vigencia de la Ordenanza en mención hasta el 31.12.2018; Que, mediante Informe Nº 145-2018-GAL-MDI de fecha 17 de mayo del 2018, la Gerencia de Asesoría Legal opina favorable la ampliación de la vigencia de Ordenanza Nº 349-2016-MDI “Ordenanza de Reducción de Multa y Tolerancia en los Parámetros Urbanísticos para el Procedimiento de Regularización de Licencia de edi fi cación”, hasta el 31 de diciembre del 2018, recomendando incluir en la Agenda del Concejo Municipal para su aprobación, conforme a lo previsto en el Artículo 8º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972 en concordancia con el Artículo 10º literal h) del ROF-MDI; Que, mediante Memorando Nº 1000-2018-GM-MDI de fecha 18 de mayo del 2018, la Gerencia Municipal considerando las opiniones técnica y Legal, solicita se prosiga con el trámite correspondiente: Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º. Numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: AMPLIACIÓN DE VIGENCIA DE ORDENANZA Nº 349-2016-MDI DE REDUCCIÓN DE MULTA Y TOLERANCIAS EN LOS PARÁMETROS URBANÍSTICOS PARA EL PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN Artículo Primero.- MODIFICAR el inciso “c” del artículo primero de la Ordenanza 349-2016-MDI, ampliándose la vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2018.