Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2018 (12/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de julio de 2018 /

El Peruano

marco del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 00590-PCM, y autorización correspondiente por el Concejo Municipal para ausentarse del país, quedando encargado del Despacho de Alcaldía el Teniente Alcalde; Que, el primer párrafo del Artículo 24º de la Ley Nº 27972 establece que: "En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral"; Que, luego del debate correspondiente, de conformidad con el Artículo 9º numeral 8) y 27) de la Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR la licencia sin goce de remuneraciones solicitada por el señor ROBERTO HIPÓLITO GÓMEZ BACA, Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco, del 15 al 19 de julio de 2018, y de ser necesario ausentarse del país durante este período. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Teniente Alcalde, señor WILLIAM DAVID MARIN VICENTE, el Despacho de la Alcaldía, del 15 al 19 de julio de 2018. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1668754-1

cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. RAFAEL A. URBINA RIVERA Alcalde 1668345-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Designan Ejecutora Coactiva y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 147-2018-ALC-MPH-M Matucana, 2 de julio del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI ­ MATUCANA VISTO: El Informe Nº 246-A-2018-ORH/MPH-M del 02 de julio de 2018 de la Oficina de Recursos Humanos y el Informe Nº 058-2018/GAT-MPH-M del 02 de julio de 2018 de la Gerencia de Administración Tributaria respecto a la designación para el cargo de Ejecutora Coactiva a la Abog. ROSSANA JANETT ODAR SANTA CRUZ y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con ejecución al marco jurídico del estado como lo establece el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, concordante con lo establecido en el artículo 194º, numeral 4) y 196º numeral 3) de la Constitución Política del Estado, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607; Que, el numeral 17º del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que el alcalde tiene la facultad legal de designar a los funcionarios; Que, conforme al Informe Nº 246-A-2018-ORH/ MPH-M del 02 de julio de 2018 de la Oficina de Recursos Humanos respecto a la designación para el cargo de Ejecutora Coactiva a la Abog. ROSSANA JANETT ODAR SANTA CRUZ, donde solicita la designación para el cargo de Ejecutora Coactiva de la mencionada señorita, se hace necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Que, estando a las características especiales de función del cargo de Ejecutor Coactivo regulado por el TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-EF; corresponde que se designe mediante Resolución del titular de la entidad al funcionario que va desempeñar el cargo de Ejecutor Coactivo, corresponde en tal sentido expedir la presente, disponiendo de la misma su contratación por la Modalidad del Contrato CAS, conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº1057 y su reglamento y modificatorias; Que, en consecuencia, estando las facultades conferidas en el artículo 20º numeral 6) y 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, y las normas citadas y conexas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del 02 de Julio hasta el 31 de octubre de 2018, a la Abog. ROSSANA JANETT ODAR SANTA CRUZ en el cargo de Ejecutora

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Exoneran de pago de diversos derechos administrativos a contrayentes que participen del II Matrimonio Civil Comunitario 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2018 Callao, 6 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 33-2018-MPC/CMPCSR-COAD de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1. Exonerar de pago de derechos administrativos por concepto de trámite matrimonial, examen pre-nupcial y dispensa de publicación de Edicto Matrimonial, a los contrayentes que participen del II Matrimonio Civil Comunitario 2018, convocado por la Municipalidad Provincial del Callao, para el mes de agosto del año 2018. Artículo 2. Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el

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