Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2018 (12/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Jueves 12 de julio de 2018 El Peruano / Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, su difusión. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación su publicación del texto completo del Programa aprobado en el Portal Institucional de la Municipalidad de Independencia www.muniindependencia.gob.pe. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Independencia: www.muniindependencia.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.EVANS SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1668583-1 Modifican la Ordenanza N° 370-2017-MDI que regula el comercio ambulatorio en los espacios autorizados en el distrito ORDENANZA Nº 000379-2018-MDI Independencia, 31 de mayo del 2018VISTO:En Sesión Ordinaria de la fecha, Memorando Nº 218-2018-GDEL-MDI, Informe Legal Nº 133-2018-GAL-MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Informe Nº 16-2018-GDEL-MDI de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, Memorando Nº 925-2018-GM-MDI de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Ordenanza Nº 370-2017-MDI de fecha 19 de diciembre del 2017 , se aprueba la Ordenanza que regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos autorizados en el distrito; Que, mediante Memorando Nº 218-2018-GDEL-MDI de fecha 26 de abril del 2018, la Gerencia de Desarrollo Económico Local remite el proyecto de Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza Nº 370-2017-MDI, la cual regula el Comercio Ambulatorio en espacios públicos autorizado en el Distrito; Que, mediante Informe Legal Nº 133-2018-GAL-MDI de fecha 30 de abril del 2018, la Gerencia de Asesoría Legal opina de manera favorable , además precisa, que se tenga en cuenta al momento de la publicación, que también se haga lo mismo con los formularios de declaraciones juradas, y que al derogarse el artículo 41º de la citada Ordenanza, deberá suprimirse el cuadro de infracciones al que hace referencia la quinta disposición complementaria y fi nal de la Ordenanza Nº 370-2017-MDI; por corresponder a la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal; Que, mediante Informe Nº 016-2018-GDEL-MDI de fecha 08 de mayo del 2018, la Gerencia de Desarrollo Económico Local remite los actuados a fi n de que se prosiga con el trámite correspondiente; Que, mediante Memorando Nº 925-2018-GM-MDI de fecha 09 de mayo del 2018, la Gerencia Municipal en consideración a la opinión técnica y legal, solicita se eleve el Proyecto de Ordenanza al Concejo Municipal, para su respectiva revisión y aprobación; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º. Numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA, MODIFICA Y DEROGA DISPOSICIONES DE LA ORDENANZA Nº 370-2017-MDI, QUE REGULA EL COMERCIO AMBULATORIO EN LOS ESPACIOS AUTORIZADOS EN EL DISTRITO Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene como objeto derogar, modi fi car e incorporar disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 370-2017-MDI, publicada con fecha 06 de Abril del año 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, la cual regula el Comercio Ambulatorio en los Espacios Públicos Autorizados en el Distrito. Artículo Segundo.- MODIFICAR los ítems c2), c3), e2) del Artículo 11, los mismos que quedarán redactados con el siguiente texto: Artículo 11.- De Los Giros y Horarios Autorizados (…) c2).- VENTA DE POTAJES TRADICIONALES:Comprende: Chanfainita, Choclo con queso, Papa con Huevo, Habas Sancochada e Hígado con yuquita. Tuno Único: 10: 00 horas a 16:00 horasComprende: Venta de anticuchos, pancitas, rachi, mollejitas y papá rellena. Turno Único:16:00 horas a 23:00 horasC3).- VENTA DE DULCES TRADICIONALES:Comprende: Venta de Churros, Yuquitas Dulces, Cachangas y similares Horario Turno Único: 08:00 horas a 16:00 horas Comprende: Venta de mazamorras, arroz con leche, crema volteada, leche asada, gelatina, fl an, empanadas, queques, pasteles, picarones, servicio exclusivamente en menajes descartables y con la utilización de guantes higiénicos, debiendo tener su tacho de residuos. Horario Turno Único: 16:00 horas a 23:00 horas - Para el caso concreto de los vendedores de helados, su horario será de 08:00 horas hasta las 18:00 horas. E2).- LUSTRADO DE CALZADO.- (...) Horario: Turno Único: 07:00 horas a 14:00 horas Artículo Tercero.- MODIFICAR el artículo 41, el mismo que quedará redactado con el siguiente texto: Artículo 41.- De la noti fi cación de la Infracción.- Detectada una infracción por la autoridad municipal, se le noti fi cará al infractor, para efectuar su descargo de acuerdo a ley, correspondiendo al área competente el resolver oportunamente de acuerdo a su competencia, bajo los procedimientos y plazos previstos para estos efectos en la Ordenanza Nº 360-2017-MDI, Texto Único de Procedimientos Administrativos. Artículo Cuarto.- DEROGAR el artículo 42º de la Ordenanza Nº 370-2017-MDI. Artículo Quinto.- MODIFICAR la Quinta y Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 370-2017-MDI, el mismo que quedará redactado con el siguiente texto: