Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2018 (12/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 12 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Coactiva de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, estableciéndose el vínculo laboral con la Municipalidad por la modalidad del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) Nº 099-2018-MPH-M. Artículo Segundo.- CONCEDER, a la funcionaria designada en el cargo de Ejecutora Coactiva la remuneración y beneficios que le corresponden dentro del Régimen del Contrato CAS (Decreto Legislativo Nº 1057). Artículo Tercero.- DISPONER, a la Jefatura de Recursos Humanos la elaboración del Contrato CAS respectivo por el periodo de vigencia previsto en el artículo primero que antecede. Artículo Cuarto.- SEÑALAR, que la vigencia de la presente Resolución concluirá al momento de extinción del contrato CAS respectivo o ante su resolución contractual. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO FREDY GONZALEZ CARHUAVILCA Alcalde Provincial 1668138-1 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 148-2018-ALC-MPH-M Matucana, 2 de julio del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI ­ MATUCANA VISTO: El Informe Nº 246-A-2018-ORH/MPH-M del 02 de julio de 2018 de la Oficina de Recursos Humanos y el Informe Nº 058-2018/GAT-MPH-M del 02 de julio de 2018 de la Gerencia de Administración Tributaria respecto a la designación para el cargo de Auxiliar Coactivo de la Srta. LITZANA LICAS CAMPOS; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con ejecución al marco jurídico del estado como lo establece el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, concordante con lo establecido en el artículo 194º, numeral 4) y 196º numeral 3) de la Constitución Política del Estado, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607; Que, el numeral 17º del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que el alcalde tiene la facultad legal de designar a los funcionarios; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 087-2018-ALC/ MPH-M, del 05 de abril del 2018, se designó al Sr. Ivan Manuel GÓMEZ MANDUJANO, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huarochirí ­ Matucana, a partir del 01 de abril al 30 de junio del presente año, y siendo dicho cargo aplicable en cualquier momento lo dispuesto por el numeral 17) del precitado artículo 20º de la Ley 27972; Que, conforme al Informe Nº 246-A-2018-ORH/ MPH-M del 02 de julio de 2018 de la Oficina de Recursos Humanos respecto a la designación para el cargo de Auxiliar Coactivo a la Srta. LITZANA LICAS CAMPOS, donde solicita la designación para el cargo de Auxiliar Coactivo de la mencionada señorita, se hace necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Que, estando a las características especiales de función del cargo de Auxiliar Coactiva regulado por el TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-EF; corresponde que se designe mediante Resolución del titular de la entidad a la funcionaria que va desempeñar el cargo de Auxiliar, corresponde en tal sentido expedir la presente, disponiendo de la misma su contratación por la Modalidad del Contrato CAS, conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº1057 y su reglamento y modificatorias; Que, en consecuencia, estando las facultades conferidas en el artículo 20º numeral 6) y 3) de la Ley

Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, y las normas citadas y conexas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del 02 de Julio hasta el 31 de octubre de 2018, a la Srta. LITZANA LICAS CAMPOS en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, estableciéndose el vínculo laboral con la Municipalidad por la modalidad del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) Nº1002018-MPH-M. Artículo Segundo.- CONCEDER, a la funcionaria designada en el cargo de Auxiliar Coactivo la remuneración y beneficios que le corresponden dentro del Régimen del Contrato CAS (Decreto Legislativo Nº 1057). Artículo Tercero.- DISPONER, a la Jefatura de Recursos Humanos la elaboración del Contrato CAS respectivo por el periodo de vigencia previsto en el artículo primero que antecede. Artículo Cuarto.- SEÑALAR, que la vigencia de la presente Resolución concluirá al momento de extinción del contrato CAS respectivo o ante su resolución contractual. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO FREDY GONZALEZ CARHUAVILCA Alcalde Provincial 1668138-2

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Declaran como Zona Catastrada el Sector Catastral 02 del distrito de Chancay, y aprueban Plano y Reporte de Titulares Catastrales
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 488-2018-MDCH/A Chancay, 14 de junio del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: El Informe Nº 067-MDCH/DDURyE/UOP/OCAMRY, el Informe Nº 575-2018-MDCH/DDURyE/UOP/ LEM, y el Informe Nº 1217-2018/MDCH/DDURyE; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú modificada mediante la Leyes Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con los Artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Las Municipalidades son gobiernos locales que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias; Que, en el Artículo 73º literal d), tercer párrafo de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala que las municipalidades tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas o compartidas con carácter exclusivo o compartido en las materias siguientes: Organización del espacio físico - uso de suelo- 1.1.- Zonificación, 1.2.- Catastro Urbano y Rural, 1.3.- Habilitación Urbana y 1.4 Saneamiento físico legal de asentamientos humanos. 1.5.- -Acondicionamiento Territorial, 1.6 Renovación Urbana, 1.7 Infraestructura Urbana o Rural Básica, 1.8 Vialidad, 1.9.- Patrimonio Histórico, cultural y paisajístico; Que, mediante Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el registro de predios Ley Nº 28294, se crea el Sistema Nacional

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