Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2018 (27/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de julio de 2018 /

El Peruano

de la región; g) Supervisar y administrar el servicio de información agraria en la región, la cual podrá contar con una red de información provincial y distrital, la que operará en armonía con el sistema nacional de información agraria; j) Planear, supervisar y controlar, en coordinación con el gobierno nacional la mejora de los servicios de comercialización agropecuaria, del desarrollo de cultivos y de crianzas y ganadería; y, m) Fomentar la investigación y transferencia de tecnológica y extensión agropecuaria; Que, el artículo 8 de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria establece que el Ministerio de Agricultura y Riego formula y aprueba el Plan Nacional de Cultivos sobre la base de las potencialidades y prioridades productivas nacionales y regionales, que sirve de referente obligatorio para la aplicación y ejecución de los programas y proyectos de reconversión productiva agropecuaria en sus diferentes niveles; precisando que en tanto se aplique dicho plan, los gobiernos regionales y locales ejecutarán programas o proyectos de acuerdo a las prioridades productivas de cada región o localidad; Que, mediante Informe Técnico N° 001-2018-MINAGRIDVPA/DGPA-DGESEP-DGA las Direcciones Generales Agrícola, de Seguimiento y Evaluación de Políticas y de Políticas Agrarias han elevado la propuesta del "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018-2019"; el mismo que según se señala, tiene por objeto, implementar una estrategia nacional de intervención destinada a generar información y orientación a los productores sobre la oferta agraria nacional, que facilite y contribuya al empleo y articulación racional y sostenible de los recursos productivos que intervienen en los procesos presentes, a lo largo de toda la cadena de valor de la producción agrícola; Que, asimismo, se señala que el "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018-2019" es un instrumento orientador de la oferta de cultivos a partir de la distribución óptima del plan de siembras entre los departamentos que permitirá al MINAGRI y a las Direcciones Regionales de Agricultura de los Gobiernos Regionales orientar adecuadamente, en especial al pequeño y mediano productor agrícola, respecto a la demanda nacional y seguridad alimentaria, con el propósito de que cuente con información suficiente para tomar decisiones adecuadas en relación a las variaciones de los mercados y precios competitivos para su oferta agrícola, de igual forma, dicho instrumento busca promover y articular la participación de agentes económicos, para propiciar racionalidad y equidad en el proceso de transacciones, alianzas y contratos, entre otros, en el marco de sus competencias; Que, sustentado en el Informe N° 119-2018-MINAGRISG/OGPP-OPLA de fecha 23 de julio de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Memorandum N° 1065-2018-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA de fecha 23 de julio de 2018, mediante el cual opina en forma favorable respecto a la propuesta del "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018-2019" considerando que dicho documento se alinea con los objetivos de la Política Nacional Agraria vigente, el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2015-2021 actualizado y el Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, según dicho Informe, el "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018-2019" se encuentra alineado a la Política Nacional Agraria, en el Eje de Política 10: Acceso a Mercados, en el marco de los lineamientos estratégicos: (1) desarrollar un sistema de información accesible, oportuno y confiable sobre los precios, servicios agrarios y mercados para productores rurales a nivel nacional; y, (6) promover el desarrollo de mercados de productores agropecuarios y la infraestructura agraria; al Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado - PESEM 2015-2021 (Diciembre 2016) del Sector Agricultura y Riego, en el Objetivo Estratégico OEI 2: "Incrementar la competitividad agraria y la inserción a los mercados, con énfasis en el pequeño productor agrario" en el que está prevista la Acción Estratégica AEI: "Desarrollar un sistema integrado de información sectorial agraria"; y, al Plan Estratégico Institucional Actualizado (PEI) 20162018 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura y Riego, en el Objetivo Estratégico Institucional OEI 4: "Mejora de los

servicios para la articulación de los productores agrarios al mercado", a través de la Acción Estratégica Institucional AEI 4.3: "Mejora de las estrategias de articulación al mercado, bajo el enfoque de cadenas de valor de los productores agrarios"; y, el Objetivo Estratégico Institucional OEI 8.1 "Promoción de la información agraria a través del uso intensivo de diferentes plataformas medios y tecnologías de información y comunicación (ITC) a los usuarios"; Que, estando a lo expuesto, corresponde aprobar la propuesta del "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018-2019" en base al sustento técnico esbozado en el Informe Técnico N° 001-2018-MINAGRIDVPA/DGPA-DGESEP-DGA remitido por las Direcciones Generales Agrícola, de Seguimiento y Evaluación de Políticas y de Políticas Agrarias e Informe N° 119-2018-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Con los respectivos visados del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias, de la Dirección General Agrícola; de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas; de la Dirección General de Políticas Agrarias; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018 ­ 2019" Aprobar el documento denominado "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018 ­ 2019", el mismo que consta de cinco (5) Capítulos, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Monitoreo del "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018 ­ 2019" La Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, realiza el monitoreo de los cultivos contenidos en el "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018 ­ 2019", a través del módulo denominado "Sistema de Información de Cultivos". Artículo 3.- Promoción de la Campaña Agrícola 2018-2019. La Dirección General Agrícola es el órgano encargado de la promoción de la Campaña Agrícola 2018-2019 a nivel nacional; siendo responsable de realizar las coordinaciones necesarias para su promoción a nivel regional con las Direcciones Regionales de Agricultura o las que hagan sus veces en los Gobiernos Regionales. Asimismo, la citada Dirección General realizará las acciones necesarias que permitan a los actores de la sociedad civil coadyuvar en la difusión del "Plan Nacional de Cultivos ­ Campaña Agrícola 2018 ­ 2019". Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial y su Anexo son publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en los Portales Institucionales de los programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1674735-2

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