Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2018 (27/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 27 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Oficializan el evento denominado "VI Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Apurímac 2018", a realizarse en el departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0314-2018-MINAGRI Lima, 26 de julio de 2018 VISTOS: El Oficio N° 001-2018-COVICNCCDP/P, de la Sociedad Peruana de Criadores de Alpacas y Llamas de la Región Apurímac; el Oficio N° 285-2018-MINAGRIDVDIAR/DGGA, de la Dirección General de Ganadería; y el Informe Legal N° 646-2018-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los sub numerales 6.2.3, 6.2.6 y 6.2.7 del numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por Ley Nº 30048, este Ministerio, en el marco de sus competencias compartidas, promueve la organización de los productores agrarios, la identificación y estructuración de cadenas productivas y la gestión agraria basada en calidad; establece los mecanismos que permitan a los productores agrarios acceder a información relevante para el desarrollo competitivo de la actividad agraria; y, en coordinación con los sectores e instituciones que corresponda, desarrolla y promueve la investigación, capacitación, extensión y transferencia de tecnología para el desarrollo y modernización del Sector Agrario, ahora Agricultura y Riego; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 001-2017-MINAGRI, señala que la Dirección General de Ganadería es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos de la actividad ganadera y con valor agregado, incluyendo los camélidos sudamericanos domésticos, su acceso a los mercados nacionales e internacionales, en coordinación con los sectores y entidades, según corresponda; en concordancia con la Política Nacional Agraria y la normatividad vigente; Que, el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006AG, tiene por finalidad fijar las normas que regulen las acciones de organización, autorización, funcionamiento y desarrollo de las Ferias y Eventos Agropecuarios que se realicen en el territorio nacional; Que, el artículo 27 del Reglamento mencionado en el considerando precedente, señala que los congresos son eventos científicos, técnicos o académicos sobre intereses comunes relacionados con el desarrollo del Sector Agrario, ahora Sector Agricultura y Riego, cuyo rubro también comprende los simposios, foros y otros relacionados a las ciencias agrarias; correspondiendo su organización, entre otros, a las organizaciones representativas de productores agrarios; y, son oficializados por resolución ministerial, previa evaluación de la documentación y propuesta por la Dirección General de Promoción Agraria; hoy, respecto a su ámbito de competencia, la Dirección General de Ganadería del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, a través del Oficio N° 001-2018-COVICNCCDP/P, el Presidente de la Sociedad Peruana de Criadores de Alpacas y Llamas de la Región Apurímac, solicita la oficialización del evento denominado "VI Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Apurímac 2018", a realizarse en el Auditorio "Micaela Bastidas" del Gobierno Regional de Apurímac, ubicado en el Jr. Puno N° 107, distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac, los días 02 y 03 de agosto de 2018, para lo cual adjunta la documentación con los requisitos que exige el Reglamento mencionado en el tercer considerando precedente, que respalda la solicitud;

Que, en el Informe Nº 22-2018-MINAGRIDVDIAR/DGGA-ROMR, acompañado al Oficio N° 285-2018-MINAGRI-DVDIAR/DGGA, ambos de la Dirección General de Ganadería, se señala que el evento denominado "VI Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Apurímac 2018", tiene por objetivo, entre otros, analizar la problemática que afrontan los criadores de camélidos domésticos en relación a las políticas públicas y al manejo productivo y genético, en una perspectiva de sostenibilidad ambiental y responsabilidad social; indicando que su programa de actividades ha previsto desarrollar temáticas de corte científico, técnico y académico y que el referido evento no irrogará gasto alguno al Ministerio; Con el visado correspondiente del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, Dirección General de Ganadería, y Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; el Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y sus modificatorias; y, la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, que aprueba el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar el evento denominado "VI Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Apurímac 2018", a realizarse en el Auditorio "Micaela Bastidas" del Gobierno Regional de Apurímac, los días 02 y 03 de agosto de 2018, organizado por la Sociedad Peruana de Criadores de Alpacas y Llamas de la Región Apurímac y el Gobierno Regional de Apurímac, el cual no irrogará gasto alguno al Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Disponer que el Comité Organizador del VI Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Apurímac 2018", presente al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, el Informe Final sobre las actividades realizadas y los objetivos alcanzados, dentro de los treinta (30) días calendario de finalizado el evento. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1674735-3

Otorgan la Condecoración "Medalla Ministerio de Agricultura y Riego"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0315-2018-MINAGRI Lima, 26 de julio de 2018 VISTOS: El Oficio N° 307-2018-MINAGRI-DVDIAR/DGGA y el Informe N° 017-2018-MINAGRI/DVDIAR/DGGA/LMVG, ambos de la Dirección General de Ganadería; y el Informe Legal N° 636-2018-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048; este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, considerando dentro de sus competencias compartidas, la función de promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable

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