Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2018 (02/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 2 de junio de 2018

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción Del Empleo 1655394-4

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Dan por concluida designación de miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2018-TR Lima, 1 de junio de 2018 VISTO: El Oficio N° 632-2018-SUNAFIL/SG del Secretario General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 8 y 9 de la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, modifica la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, es el órgano máximo de la entidad. Es responsable de aprobar las políticas institucionales y la dirección de la entidad, cuyos miembros son designados para un período de tres años, mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Suprema N° 005-2017TR se designa como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, entre otros, a la señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien preside el Consejo Directivo de SUNAFIL; Que, el literal a) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral- SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificatoria, establece que, el Consejo Directivo está integrado, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, uno de los cuales es el Superintendente, quien lo preside; Que, a través de la Resolución Suprema N° 011-2018TR se acepta la renuncia presentada por la señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro al cargo de Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL; Que, en ese contexto normativo, resulta pertinente dar por concluida la designación de la señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora SYLVIA ELIZABETH CÁCERES PIZARRO como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Viva Airlines Perú S.A.C. permiso de operación de servicio de transporte aéreo no regular internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 347-2018-MTC/12 Lima, 20 de abril del 2018 VISTO: La solicitud de VIVA AIRLINES PERU S.A.C. sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO Que, mediante documento de Registro Nº T-0337032018 del 05 de febrero de 2018, precisado con documento de Registro Nº E-046991-2018 del 16 de febrero de 2018, VIVA AIRLINES PERU S.A.C. solicitó Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0062017-JUS; Que, según los términos del Memorando Nº 319-2018MTC/12.LEG, Memorando Nº 030-2018-MTC/12.POA, Memorando Nº 243-2018-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 035-2018-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 369-2018MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6º, numeral 6.2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a VIVA AIRLINES PERU S.A.C., Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo. Para realizar operaciones aéreas VIVA AIRLINES PERU S.A.C. requiere el correspondiente Certificado de Explotador, así como las Especificaciones Técnicas de Operación, debiendo acreditar en estas

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