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12 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de junio de 2018 / El Peruano que la designación de la señora Carmen Rosa Gutiérrez Seminario, para ocupar el cargo de Jefa de la Unidad Territorial Piura del PNAEQW, se encuentra alineado a los requisitos establecidos en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 217-2018-MIDIS/PNAEQW, que aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal – CAP del PNAEQW, así como la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 238-2018-MIDIS/PNAEQW, que aprueba especi fi caciones técnicas del Clasi fi cador de Cargo del PNAEQW; por lo que, corresponde a la Dirección Ejecutiva expedir la resolución administrativa, en atención a las facultades establecidas en el literal t) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PNAEQW, aprobado por Resolución Ministerial 283-2017-MIDIS; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2014-MIDIS, Decreto Supremo N° 004-2015-MIDIS, Decreto Supremo N° 012-2017-MIDIS y por Decreto Supremo N° 005-2018-MIDIS, que crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; y, la Resolución Ministerial N° 133-2018-MIDIS que designa al señor Mario Gilberto Ríos Espinoza como Director Ejecutivo del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación en el cargo de Jefa de la Unidad Territorial Piura Designar a la señora Carmen Rosa Gutiérrez Seminario, en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial Piura del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a partir del día 15 de junio de 2018; Artículo 2. - Conocimiento de la Unidades Orgánicas del Programa Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, hacer de conocimiento de la presente Resolución a las Unidades Territoriales del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo, y Técnicas, a través de medios electrónicos. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car el presente acto a la señora Carmen Rosa Gutiérrez Seminario, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Publicación en Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional Disponer la publicación de la presente, en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qw.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese.MARIO GILBERTO RÍOS ESPINOZA Director EjecutivoPrograma Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 1658822-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 126-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que se apruebe un listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, para continuar con el proceso de atención de los pagos de las citadas deudas; Que, el párrafo 2 de la citada Disposición Complementaria Final establece que el listado a ser elaborado por la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, contiene sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, de pliegos del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, que se fi nancian con recursos por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el párrafo 3 de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 establece que la implementación de lo señalado en el considerando precedente se fi nancia con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 44 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), y a los saldos disponibles según proyección al cierre del Año Fiscal 2017 del Presupuesto del Sector Público, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de las entidades de los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, con exclusión del Sector Educación; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que dichos recursos se incorporan en los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a propuesta de este último, y con sujeción a la información contenida en el listado complementario a que se re fi ere el párrafo 2 de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693; Que, el párrafo 6 de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 dispone, adicionalmente a lo establecido en el párrafo 3, que la atención del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada del Sector Educación, se fi nancia con cargo a los recursos a que se re fi ere el artículo 44 de la Ley N° 28411, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00, (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 001-2018-MINEDU aprueba los criterios que deben observar las entidades respectivas para la elaboración del listado que contiene las sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución del Sector Educación, en el marco de lo dispuesto por el párrafo 6 de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693; Que, de acuerdo al párrafo 6.3 del artículo 6 del Decreto Supremo N° 019-2018-EF, que aprueba las normas reglamentarias para la aplicación de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, mediante un Informe Final presenta al Titular del Ministerio de Economía y Finanzas y al Titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dos listados complementarios para el fi nanciamiento de pago de estos adeudos, correspondiendo un listado a las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, sin incluir al Sector Educación, hasta por la suma de S/ 250 000 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), y otro listado del Sector Educación hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, con O fi cio N° 1252-2018-JUS/SG, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita se gestione la autorización para la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversas entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 450 000 000,00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para